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Más sobre este recurso: Catalogado en base de datos como: TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Nro. 15 - KANT, IMMANUEL: Pese a que pasó a la historia por su pensamiento puramente filosófico, Immanuel Kant escribió acerca de otras muchas disciplinas, entre ellas la ciencia política. En este sentido, su obra más importante es La paz perpetua. El siguiente texto reproduce la Agregado: 02 de MAYO de 2001 (Por Profesor JOSÉ LUIS DELL’ORDINE) | Palabras: 13193 | Votar! | 2 votos | Promedio: Categoría: Apuntes y Monografías > Filosofía > |
LOMAS DE ZAMORA, PCIA, DE
BUENOS AIRES, ARGENTINA
E-MAIL: dellordine@arnet.com.ar
DESCRIPCIÓN TEMÁTICA:
Pese a que pasó a la
historia por su pensamiento puramente filosófico, Immanuel Kant escribió acerca
de otras muchas disciplinas, entre ellas la ciencia política. En este sentido,
su obra más importante es La paz perpetua. El siguiente texto reproduce
la primera parte de dicho tratado, en el que Kant expone las condiciones
necesarias para que las relaciones internacionales estén caracterizadas por el
principio de paz permanente entre los estados.
Fragmento de La paz perpetua.
De Immanuel
Kant.
Sección
Primera
SECCION
PRIMERA
que contiene los artículos
preliminares para la paz perpetua entre los Estados
1. «No debe considerarse
válido ningún tratado de paz que se haya celebrado con la reserva secreta sobre
alguna causa de guerra en el futuro.»
Se trataría, en ese caso,
simplemente de un mero armisticio, un aplazamiento de las hostilidades, no de
la paz, que significa el fin de todas las hostilidades. La añadidura del
calificativo eterna es un pleonasmo sospechoso. Las causas existentes
para una guerra en el futuro, aunque quizá ahora no conocidas ni siquiera para
los negociadores, se destruyen en su conjunto por el tratado de paz, por mucho
que pudieran aparecer en una penetrante investigación de los documentos de
archivo. —La reserva (reservatio mentalis) sobre viejas pretensiones a
las que, por el momento, ninguna de las partes hace mención porque están
demasiado agotadas para proseguir la guerra, con la perversa intención de
aprovechar la primera oportunidad en el futuro para este fin, pertenece a la
casuística jesuítica y no se corresponde con la dignidad de los gobernantes así
como tampoco se corresponde con la dignidad de un ministro la complacencia en
semejantes cálculos, si se juzga el asunto tal como es en sí mismo.
Si, en cambio, se sitúa el
verdadero honor del Estado, como hace la concepción ilustrada de la prudencia
política, en el continuo incremento del poder sin importar los medios, aquella
valoración parecerá pedante y escolar.
2. «Ningún Estado
independiente (grande o pequeño, lo mismo da) podrá ser adquirido por otro
mediante herencia, permuta, compra o donación.»
Un Estado no es un
patrimonio (patrimonium) (como el suelo sobre el que tiene su sede). Es
una sociedad de hombres sobre la que nadie más que ella misma tiene que mandar
y disponer. Injertarlo en otro Estado, a él que como un tronco tiene sus
propias raíces, significa eliminar su existencia como persona moral y
convertirlo en una cosa, contradiciendo, por tanto, la idea del contrato
originario sin el que no puede pensarse ningún derecho sobre un pueblo. Todo el
mundo conoce a qué peligros ha conducido a Europa, hasta los tiempos más
recientes, este prejuicio sobre el modo de adquisición, pues las otras partes
del mundo no lo han conocido nunca, de poder, incluso, contraerse matrimonios
entre Estados; este modo de adquisición es, en parte, un nuevo instrumento para
aumentar la potencia sin gastos de fuerzas mediante pactos de familia, y, en
parte, sirve para ampliar, por esta vía, las posesiones territoriales. —Hay que
contar también el alquiler de tropas a otro Estado contra un enemigo no común,
pues en este caso se usa y abusa de los súbditos a capricho, como si fueran
cosas.
3. «Los ejércitos
permanentes (miles perpetus) deben desaparecer totalmente con el
tiempo.»
Pues suponen una amenaza
de guerra para otros Estados con su disposición a aparecer siempre preparados
para ella. Estos Estados se estimulan mutuamente a superarse dentro de un
conjunto que aumenta sin cesar y, al resultar finalmente más opresiva la paz
que una guerra corta, por los gastos generados por el armamento, se convierten
ellos mismos en la causa de guerras ofensivas, al objeto de liberarse de esta
carga; añádese a esto que ser tomados a cambio de dinero para matar o ser
muertos parece implicar un abuso de los hombres como meras máquinas e
instrumentos en manos de otro (del Estado); este uso no se armoniza bien con el
derecho de la humanidad en nuestra propia persona. Otra cosa muy distinta es
defenderse y defender a la patria de los ataques del exterior con las prácticas
militares voluntarias de los ciudadanos, realizadas periódicamente. —Lo mismo
ocurriría con la formación de un tesoro, pues, considerado por los demás
Estados como una amenaza de guerra, les forzaría a un ataque adelantado si no
se opusiera a ello la dificultad de calcular su magnitud (porque de los tres
poderes, el militar, el de alianzas y el del dinero, este
último podría ser ciertamente el medio más seguro de guerra).
4. «No debe emitirse deuda
pública en relación con los asuntos de política exterior
Esta fuente de
financiación no es sospechosa para buscar, dentro o fuera del Estado, un
fomento de la economía (mejora de los caminos, nuevas colonizaciones creación
de depósitos para los años malos, etc.). Pero un sistema de crédito, como
instrumento en manos de las potencias para sus relaciones recíprocas, puede
crecer indefinidamente y resulta siempre un poder financiero para exigir en el
momento presente (pues seguramente no todos los acreedores lo harán a la vez)
las deudas garantizadas (la ingeniosa invención de un pueblo de comerciantes en
este siglo); es decir, es un tesoro para la guerra que supera a los tesoros de
todos los demás Estados en conjunto y que sólo puede agotarse por la caída de
los precios (que se mantendrán, sin embargo, largo tiempo gracias a la
revitalización del comercio por los efectos que éste tiene sobre la industria y
la riqueza). Esta facilidad para hacer la guerra unida a la tendencia de los
detentadores del poder, que parece estar ínsita en la naturaleza humana, es,
por tanto, un gran obstáculo para la paz perpetua; para prohibir esto debía
existir, con mayor razón, un artículo preliminar, porque al final la inevitable
bancarrota del Estado implicará a algunos otros Estados sin culpa, lo que
constituiría una lesión pública de estos últimos. En ese caso, otros Estados,
al menos, tienen derecho a aliarse contra semejante Estado y sus pretensiones.
5. «Ningún Estado debe
inmiscuirse por la fuerza en la constitución y gobierno de otro.»
Pues, ¿qué le daría
derecho a ello?, ¿quizá el escándalo que dé a los súbditos de otro Estado? Pero
este escándalo puede servir más bien de advertencia, al mostrar la gran
desgracia que un pueblo se ha atraído sobre por sí por vivir sin leyes; además
el mal ejemplo que una persona libre da a otra no es en absoluto ninguna lesión
(como scandalum acceptum). Sin embargo, no resulta aplicable al caso de
que un Estado se divida en dos partes a consecuencia de disensiones internas y
cada una de las partes represente un Estado particular con la pretensión de ser
el todo; que un tercer Estado preste entonces ayuda a una de las partes no
podría ser considerado como injerencia en la constitución de otro Estado (pues
sólo existe anarquía). Sin embargo, mientras esta lucha interna no se haya
decidido, la injerencia de potencias extranjeras sería una violación de los
derechos de un pueblo independiente que combate una enfermedad interna; sería,
incluso, un escándalo y pondría en peligro la autonomía de todos los Estados.
6. «Ningún Estado en
guerra con otro debe permitirse tales hostilidades que hagan imposible la
confianza mutua en la paz futura, como el empleo en el otro Estado de asesinos
(percussores), envenenadores (venefici), el quebrantamiento de
capitulaciones, la inducción a la traición (perduellio), etc.»
Estas son estratagemas
deshonrosas, pues aun en plena guerra ha de existir alguna confianza en la mentalidad
del enemigo, ya que de lo contrario no se podría acordar nunca la paz y las
hostilidades se desviarían hacia una guerra de exterminio (bellum internecinum);
la guerra es, ciertamente, el medio tristemente necesario en el estado de
naturaleza para afirmar el derecho por la fuerza (estado de naturaleza donde no
existe ningún tribunal de justicia que pueda juzgar con la fuerza del derecho);
en la guerra ninguna de las dos partes puede ser declarada enemigo injusto
(porque esto presupone ya una sentencia judicial) sino que el resultado
entre ambas partes decide de qué lado está el derecho (igual que ante los
llamados juicios de Dios); no puede concebirse, por el contrario, una guerra de
castigo entre Estados (bellum punitivum) (pues no se da entre ellos la
relación de un superior a un inferior). De todo esto se sigue que una guerra de
exterminio, en la que puede producirse la desaparición de ambas partes y, por
tanto, de todo el derecho, sólo posibilitaría la paz perpetua sobre el gran
cementerio de la especie humana y por consiguiente no puede permitirse ni una
guerra semejante ni el uso de los medios conducentes a ella. Que los citados
medios conducen inevitablemente a ella se desprende de que esas artes
infernales, por sí mismas viles, cuando se utilizan no se mantienen por mucho
tiempo dentro de los límites de la guerra sino que se trasladan también a la
situación de paz, como ocurre, por ejemplo, en el empleo de espías (uti
exploratoribus), en donde se aprovecha la indignidad de otros (la
cual no puede eliminarse de golpe); de esta manera se destruiría por completo
la voluntad de paz.
Aunque todas las leyes
citadas son leyes prohibitivas (leges prohibitivae) objetivamente, es
decir, en la intención de los que detentan el poder, hay algunas que tienen una
eficacia rígida, sin consideración de las circunstancias, que obligan
inmediatamente a un no hacer (leges strictae, como los números 1, 5, 6),
mientras que otras (como los números 2, 3, 4), sin ser excepciones a la norma
jurídica, pero tomando en cuenta las circunstancias al ser aplicadas, ampliando
subjetivamente la capacidad, contienen una autorización para aplazar la
ejecución de la norma sin perder de vista el fin, que permite, por ejemplo, la
demora en la restitución de ciertos Estados después de perdida la
libertad del número 2, no ad calendas graecas (como solía prometer
Augusto), lo que supondría su no realización, sino sólo para que la restitución
no se haga de manera apresurada y de manera contraria a la propia intención. La
prohibición afecta, en este caso, sólo al modo de adquisición, que no
debe valer en lo sucesivo, pero no afecta a la posesión que, si bien no
tiene el título jurídico necesario, sí fue considerada como conforme a derecho
por la opinión pública de todos los Estados en su tiempo (en el de la
adquisición putativa).
Fuente: Kant, Immanuel. La
paz perpetua. Presentación de Antonio Truyol y Serra. Traducción de Joaquín
Abellán. Madrid. Editorial Tecnos, 1985.
1. INTRODUCCIÓN Kant,
Immanuel (1724-1804), filósofo alemán, considerado por muchos como el
pensador más influyente de la era moderna.
2. VIDA
Nacido en Königsberg (actual ciudad rusa de Kaliningrado) el 22 de
abril de 1724, estudió en el Collegium Fredericianum desde 1732 hasta 1740, año
en que ingresó en la universidad de su ciudad natal. Su formación primaria se
basó sobre todo en el estudio de los clásicos, mientras que sus estudios
superiores versaron sobre Física y Matemáticas. Desde 1746 hasta 1755, debido
al fallecimiento de su padre, tuvo que interrumpir sus estudios y trabajar como
preceptor privado. No obstante, gracias a la ayuda de un amigo pudo
continuarlos en 1755, año en que recibió su doctorado. Comenzó entonces una
intensa carrera docente en la propia Universidad de Königsberg; primeramente
impartió clases de Ciencias y Matemáticas, para, de forma paulatina, ampliar
sus temas a casi todas las ramas de la filosofía. Pese a adquirir una cierta
reputación, no fue nombrado profesor titular (de Lógica y Metafísica) hasta
1770. Durante los siguientes 27 años vivió dedicado a su actividad docente,
atrayendo a un gran número de estudiantes a Königsberg. Sus enseñanzas
teológicas (basadas más en el racionalismo que en la revelación divina) le
crearon problemas con el gobierno de Prusia y, en 1794, el rey Federico
Guillermo II le prohibió impartir clases o escribir sobre temas religiosos.
Kant acató esta orden hasta la muerte del Rey; cuando esto ocurrió se sintió
liberado de dicha imposición. En 1798, ya retirado de la docencia
universitaria, publicó un epítome en el que expresaba el conjunto de sus ideas
en materia religiosa. Falleció el 12 de febrero de 1804 en Königsberg.
3. PENSAMIENTO Y OBRAS
La piedra angular de la filosofía kantiana (en ocasiones
denominada “filosofía crítica”) está recogida en una de sus principales obras, Crítica
de la razón pura (1781), en la que examinó las bases del conocimiento
humano y creó una epistemología individual. Al igual que los primeros
filósofos, Kant diferenciaba los modos de pensar en proposiciones analíticas y
sintéticas. Una proposición analítica es aquella en la que el predicado está
contenido en el sujeto, como en la afirmación “las casas negras son casas”. La
verdad de este tipo de proposiciones es evidente, porque afirmar lo contrario
supondría plantear una proposición contradictoria. Tales proposiciones son
llamadas analíticas porque la verdad se descubre por el análisis del concepto
en sí mismo. Las proposiciones sintéticas, en cambio, son aquellas a las que no
se puede llegar por análisis puro, como en la expresión “la casa es negra”.
Todas las proposiciones comunes que resultan de la experiencia del mundo son
sintéticas.
Las proposiciones, según Kant, pueden ser divididas también en
otros dos tipos: empíricas (o a posteriori) y a priori. Las
proposiciones empíricas dependen tan sólo de la percepción, pero las
proposiciones a priori tienen una validez esencial y no se basan en tal
percepción. La diferencia entre estos dos tipos de proposiciones puede ser
ilustrada por la empírica “la casa es negra” y la a priori “dos más dos
son cuatro”. La tesis sostenida por Kant en la Crítica de la razón pura
consiste en que resulta posible formular juicios sintéticos a priori.
Esta posición filosófica es conocida como transcendentalismo. Al explicar cómo
es posible este tipo de juicios, consideraba los objetos del mundo material
como incognoscibles en esencia; desde el punto de vista de la razón, sirven tan
sólo como materia pura a partir de la cual se nutren las sensaciones. Los
objetos, en sí mismos, no tienen existencia, y el espacio y el tiempo
pertenecen a la realidad sólo como parte de la mente, como intuiciones con las
que las percepciones son medidas y valoradas.
Además de estas intuiciones, afirmó que también existen un número
de conceptos a priori, llamados categorías. Dividió éstas en cuatro
grupos: las relativas a la cantidad (que son unidad, pluralidad y totalidad),
las relacionadas con la cualidad (que son realidad, negación y limitación), las
que conciernen a la relación (que son sustancia-y-accidente, causa-y-efecto y
reciprocidad) y las que tienen que ver con la modalidad (que son posibilidad,
existencia y necesidad). Las intuiciones y las categorías se pueden emplear
para hacer juicios sobre experiencias y percepciones pero, según Kant, no
pueden aplicarse sobre ideas abstractas o conceptos cruciales como libertad y
existencia sin que lleven a inconsecuencias en la forma de binomios de
proposiciones contradictorias, o antinomias, en las que ambos elementos de cada
par pueden ser probados como verdad.
En la Metafísica de las costumbres (1797) Kant describió su
sistema ético, basado en la idea de que la razón es la autoridad última de la
moral. Afirmaba que los actos de cualquier clase han de ser emprendidos desde
un sentido del deber que dicte la razón, y que ningún acto realizado por
conveniencia o sólo por obediencia a la ley o costumbre puede considerarse como
moral. Describió dos tipos de órdenes dadas por la razón: el imperativo
hipotético, que dispone un curso dado de acción para lograr un fin específico;
y el imperativo categórico, que dicta una trayectoria de actuación que debe ser
seguida por su exactitud y necesidad. El imperativo categórico es la base de la
moral y fue resumido por Kant en estas palabras claves: “Obra como si la máxima
de tu acción pudiera ser erigida, por tu voluntad, en ley universal de la
naturaleza”.
Las ideas éticas de Kant son el resultado lógico de su creencia en
la libertad fundamental del individuo, como manifestó en su Crítica de la
razón práctica (1788). No consideraba esta libertad como la libertad no
sometida a las leyes, como en la anarquía, sino más bien como la libertad del
gobierno de sí mismo, la libertad para obedecer en conciencia las leyes del
Universo como se revelan por la razón. Creía que el bienestar de cada individuo
sería considerado, en sentido estricto, como un fin en sí mismo y que el mundo
progresaba hacia una sociedad ideal donde la razón “obligaría a todo legislador
a crear sus leyes de tal manera que pudieran haber nacido de la voluntad única
de un pueblo entero, y a considerar todo sujeto, en la medida en que desea ser
un ciudadano, partiendo del principio de si ha estado de acuerdo con esta
voluntad”.
Su pensamiento político quedó patente en La paz perpetua
(1795), ensayo en el que abogaba por el establecimiento de una federación
mundial de estados republicanos. Además de sus trabajos sobre filosofía,
escribió numerosos tratados sobre diversas materias científicas, sobre todo en
el área de la geografía física. Su obra más importante en este campo fue Historia
universal de la naturaleza y teoría del cielo (1755), en la que anticipaba
la hipótesis (más tarde desarrollada por Laplace) de la formación del Universo
a partir de una nebulosa originaria. Entre su abundante producción escrita
también sobresalen Prolegómenos a toda metafísica futura que pueda
presentarse como ciencia (más conocida por el nombre de Prolegómenos,
1783), Principios metafísicos de la ciencia natural (1786), Crítica
del juicio (1790) y La religión dentro de los límites de la mera razón
(1793).
1. INTRODUCCIÓN Crítica
de la razón pura, principal obra escrita por el filósofo alemán Immanuel Kant. Fue
publicada en 1781 en alemán (título original: Kritik der reinen Vernunft)
y fue reeditada (con alguna revisión) en 1787.
2. OBJETIVO DE LA OBRA
Según el propio Kant, el propósito de esta obra era que la
filosofía experimentara su propia “revolución copernicana”. Cuestionar la razón
como facultad de conocer y tomar conciencia de las limitaciones de la propia
filosofía, en tanto que la metafísica quiere acceder a la condición de ciencia,
es el propósito que Kant abordó en Crítica de la razón pura. Hasta
entonces, en efecto, la metafísica oscilaba entre el empirismo (que no concebía
ningún conocimiento fuera de la experiencia) y el racionalismo (que planteaba
su objeto en lo absoluto). Kant intentaba eludir esta alternativa, demostrando
que si, según David Hume, todo conocimiento supone la dimensión experimental
del objeto, ésta implica también una disponibilidad innata en el sujeto. Y, de
hecho, Kant se pregunta si es posible hacer de la metafísica una ciencia a
semejanza de las matemáticas (donde son probadas demostraciones irrefutables) o
de la física (que obtiene leyes que las experiencias confirman). Al examinar
dichas ciencias, se observa que en el origen de su progresión se encuentran las
proposiciones (o juicios) sintéticas a priori, en virtud
de las que la razón presupone sus objetos, incluso en ausencia de éstos: “¿Cómo
pueden nacer en nosotros proposiciones que no nos ha enseñado ninguna
experiencia?”. Ahora bien, si las proposiciones sintéticas son necesarias para
las ciencias teóricas, la condición científica de la metafísica depende
necesariamente de ellas; se trataría, en efecto, de definir su propio ámbito de
investigación. Si éste se caracteriza, pues, por su aprioridad
(trascendental) por oposición a la aposterioridad (experimental) de la
física, es entonces la facultad de conocer la llamada a comparecer ante su
propio tribunal: el instrumento de esta comparecencia es la Crítica,
encargada de determinar los límites intrínsecos del “conocimiento de la razón
en sí misma” y de trazar “el campo de su correcto uso (...) con una certeza
geométrica”.
3. LA INTUICIÓN: EL ESPACIO Y EL TIEMPO
La Crítica de la razón pura comienza, pues, con una teoría
de la sensibilidad intuitiva llamada estética trascendental. ¿En
qué condiciones accede el ser humano a los datos empíricos? Se observa en este
caso que el doble sentido, externo (el espacio) e interno (el tiempo) no supone
una representación discursiva o a posteriori; en cambio, hace posible
todas nuestras representaciones espaciales o temporales, empíricas o
abstractas. De ello se deduce que “todas las cosas que intuimos en el espacio o
en el tiempo (...) no son más que fenómenos, es decir, puras representaciones”.
Puesto que las formas a priori de la sensibilidad, que son el espacio y
el tiempo, están en el origen de nuestras percepciones como nuestras
concepciones, estas representaciones, para ser sensibles, implican una
idealidad que les da una pureza, es decir, su cualidad trascendental. No
son ni propiedades de las cosas de las que tendríamos una percepción
previamente confusa (que el conocimiento dilucida a posteriori), ni
conceptos formados por abstracción: son intuiciones puras que, por el
contrario, fundamentan a la vez construcciones de conceptos (por ejemplo
matemáticos) y su verificación o aplicación en física. En resumen, hay un conocimiento
(formal o sine qua non) que precede a toda impresión empírica como todo
conocimiento objetivo. Por ello, el fenómeno no es ni la percepción
inmediata de un objeto, ni su concepción a posteriori. En consecuencia,
en el proceso cognoscitivo son los objetos los que se determinan en el sujeto y
no al contrario, puesto que el sentimiento del tiempo y del espacio, a la vez
receptivo (empírico) y susceptivo (trascendental), como facultad en principio
estética, precede a toda verificación, empírica o científica.
4. LAS CATEGORÍAS
De estas formas a priori u originarias y subjetivas,
se puede proceder a la doble deducción trascendental de las formas a
priori del entendimiento, llamadas categorías. Este es el cometido de la
analítica de los conceptos, que se pregunta acerca de la posibilidad de los
juicios. La facultad de juzgar (el entendimiento) subsume lo diverso
representado en la intuición gracias a los conceptos puros o a priori,
es decir, funciones que permiten sintetizar los datos sensibles o unificarlos
en objetos susceptibles de ser conocidos. A partir de su conceptualización,
Kant enumera una serie de categorías donde los juicios son clasificados según
la cantidad (juicios universales, particulares o singulares), la cualidad
(juicios afirmativos, negativos o infinitos), la relación (juicios
categóricos, hipotéticos o disyuntivos) y la modalidad (juicios
problemáticos, asertóricos o apodícticos); estas formas lógicas dependen
respectivamente de las siguientes categorías: unidad, pluralidad, totalidad
(relativas a la cantidad); realidad, negación, limitación (relativas a la
cualidad); sustancia-y-accidente, causa-y-efecto, reciprocidad (relativas a la
relación); y posibilidad, existencia y necesidad (relativas a la modalidad).
Por otro lado, toda experiencia supone “la unidad sintética de lo diverso en la
apercepción”, o sea, un orden que las categorías garantizan: ese es el objeto
de la segunda deducción trascendental. Ahora bien, esta unidad no es otra que
el sujeto del cogito. Éste no se plantea unilateralmente: si el sujeto
cartesiano es reflexivo, el kantiano es igualmente transitivo. Ni intuición, ni
concepto, la unidad del “yo” es, además, la posibilidad o el poder originario
de la consciencia de oponerse a un objetivo cualquiera antes de experimentar
los objetos tal como son. Esta predisposición a anticiparlos es llamada apercepción
trascendental. Además de las intuiciones, el sujeto conocedor dispone,
pues, de los conceptos como herramientas de unión entre aquéllas y las
categorías: por tanto, conocer no es más que aplicar el concepto (a priori
vacío) en la materia de la intuición (a priori ciega).
5. EL ENTENDIMIENTO Y LOS CONCEPTOS
Tras haber delimitado el campo pasivo de la receptividad, queda
pues averiguar los recursos activos de que dispone el entendimiento. O lo que
es lo mismo, analizar cuáles son las condiciones que todo conocimiento objetivo
requiere. Esta cuestión implica estudiar las reglas a las que el entendimiento
debe someterse para usar conceptos acertadamente. Sin embargo, la facultad de
juzgar es esa instancia de jurisdicción, es decir de subsunción de los
datos (empíricos) a los conceptos generales (entendimiento), como trata de
demostrar la Analítica de los principios. Por un lado, los datos
sensibles, y por otro, el concepto puro del entendimiento: se pasará de un
término al otro de esta polarización del campo delimitado por la estética
trascendental, gracias al término medio que es el esquema trascendental: “esta
representación intermediaria ha de ser pura (sin ningún elemento empírico), y
sin embargo es necesario que sea, por un lado intelectual y, por el
otro, sensible” escribía Kant. El esquematismo es la
transposición sensible (pero no empírica) de los conceptos (no determinados)
que originariamente se efectúa en la imaginación. Así, el concepto de “perro”,
antes de ser la experiencia actual del susodicho animal o la enumeración de sus
caracteres propios, significa primeramente “una regla según la cual mi
imaginación puede experimentar, en general, la figura de un cuadrúpedo”; en
resumen, es una imagen (un esquema) al que el concepto se refiere
inmediatamente: ésta no es ni reducible al contenido concreto de una intuición,
ni a la pura y simple reproducción mental de un objeto cualquiera. Esta (pre)
visión, anterior a toda experiencia, tiene por origen, según Kant, el tiempo,
como “imagen pura (...) de todos los sentidos en general”.
Sigue así un sistema de principios que establece que las
condiciones de la experiencia son igualmente las condiciones a priori de
los objetos (físicos) de la experiencia; se articula como sigue: 1) los axiomas
de la intuición, en virtud de los cuales todo fenómeno comporta una
magnitud espacio-temporal extensiva; 2) según la intención, las anticipaciones
de la percepción suponen obligatoriamente “un grado de influencia
sobre los sentidos” o contenido material de toda percepción futura; 3) analogías
de la experiencia, que regulan las uniones entre los fenómenos, ya que
todo fenómeno es, según la permanencia, la sucesión o la simultaneidad, relativa
al tiempo; esta relatividad supone el principio de la sustancia que hace
posible la diferencia entre sucesión y simultaneidad; además, si el principio
de causalidad explica la sucesión, entonces la reciprocidad (o
reversibilidad de la causa y del efecto) implica la simultaneidad; 4) por
último, los postulados del pensamiento empírico en general, que son lo posible
(satisfaciendo a las “condiciones formales de la experiencia”), lo real
(satisfaciendo a las “condiciones materiales” de la experiencia) y lo necesario
(satisfaciendo a las “condiciones generales de la experiencia”). Para aumentar
la modalidad, se observa que estos postulados no intervienen más que
indirectamente en la constitución de un objeto de conocimiento: relacionan los
objetos dados a nuestras facultades. Estos principios que fundamentan la
experiencia de un objeto, concluye Kant, son las leyes universales de la
naturaleza. Acotan el campo de la experiencia posible, fuera del cual ningún
conocimiento objetivo es posible, ya que excede nuestro poder cognoscitivo. El
entendimiento no se ocupa, pues, más que de los fenómenos, sean las
cosas tal como nos parecen y no tal como son. Fuera de la esfera fenomenal las
cosas residen en sí, inaccesibles de hecho a la experiencia. Por este motivo
los poderes de la propia razón están limitados, porque “nuestro conocimiento
proviene de dos fuentes fundamentales (...): la receptividad de las
impresiones y la espontaneidad de los conceptos”.
6. LAS ILUSIONES DE LA RAZÓN La dialéctica
trascendental extrae así las consecuencias que se pretendían investigar. La
razón, constata Kant, aunque condicionada, no puede evitar razonar o especular
sobre una última condición que daría razón, por así decirlo, de su condición,
proyectándose espontáneamente en el mundo de las ideas suprasensibles. Este
paso al límite, que excede el campo definido por la estética, así como los
poderes del entendimiento, es una ilusión natural propia de la razón misma. De
ahí el título de ilusiones trascendentales que Kant da a las ideas, por
oposición a los conceptos. Sobreestimadas en su valor y en el papel que se
pretende que desempeñen, así le aparecen las ideas del alma (fruto en
psicología de paralogismos), del mundo (fruto en cosmología de antinomias) y de
Dios (fruto en teología del ideal de la razón); en cuanto a esto, las ideas no
tienen más que una “apariencia dialéctica”, porque suponen un objeto sin
predicado, una totalidad sin partes y una causa sin efecto. O, dicho de otro
modo, datos de los que no se puede tener ninguna experiencia concreta. Ahora
bien, estas ideas trascendentes salen en realidad, y respectivamente, de la
inmanencia de una triple “unidad absoluta”: las del “sujeto pensante”, de la
“serie de condiciones del fenómeno” y de la “condición de todos los objetos del
pensamiento en general”. Se puede, ciertamente, probar la existencia de Dios,
argumentando pruebas ontológicamente (ideas), cosmológicamente (ser supremo) o
físico-teológicamente (fin de fines) determinadas; pero supone descender del
orden nounomenal (el de las cosas en sí) al orden fenomenal (el
de los objetos posibles). En prueba de lo cual, toda objeción equivaldría a una
demostración, y viceversa. La metafísica no puede pues dar lugar a un saber
objetivo más que limitándose al uso prescrito por los objetos posibles de la
experiencia. No obstante, concluye Kant, estas conjeturas no son sin embargo
más que la expresión de un noble ideal.
7. LA ABROGACIÓN DEL SABER Por
último, resta prevenir acerca de los usos abusivos de la razón determinando las
“condiciones formales de un sistema completo de la razón pura” en una teoría
trascendental del método. Ello implica una disciplina y un canon.
Respectivamente, el ser humano debe abstenerse de imitar, en filosofía, el
método matemático que desemboca en el dogmatismo, que induce a la polémica y al
escepticismo metódico también cuestionados. Que se proceda por hipótesis o que
se administren pruebas, la crítica pide que se les remita siempre al campo de
la razón, a una moral que supone tres postulados: la libertad de la voluntad,
la inmortalidad del alma y la existencia de Dios. Es así como, escribe Kant,
“todo interés de mi razón (especulativa como práctica) está contenida en estas
tres preguntas: ¿qué puedo saber? ¿qué debo hacer? ¿qué me está permitido
esperar?” Estas preguntas, a las que la Crítica de la razón pura
no responde más que a través de hipótesis decisivas, abren desde este momento
el campo a una investigación respecto a la credibilidad de la razón: “he tenido
que abrogar el saber para hacer un sitio a la fe” concluye Kant, antes de
empezar la Crítica de la razón práctica (1788), que anuncia esta
profesión de fe.
Éste es el resultado de la amplia investigación crítica emprendida
por Kant con respecto a la metafísica, con el doble título de “disposición
natural” y de “ciencia”. En el fondo, se trataba nada menos que de descubrir,
“bajo la mirada crítica de una razón más elevada que ella, el punto de error de
la propia razón”. La razón, en efecto, tiene pasiones que la dogmática ignora.
Así es como Kant elaboró como crítica una metafísica de la metafísica, según la
cual la razón no podría dar razón de sí misma, más que con la condición de
permanecer en todo momento susceptible de fijar sus condiciones, sus objetos y
sus límites intrínsecos.
1. INTRODUCCIÓN Trascendentalismo o Transcendentalismo,
en filosofía y literatura, creer en una realidad superior que la adquirida
mediante la experiencia de los sentidos o una clase superior de conocimiento
que el logrado por la razón. Casi todas las doctrinas trascendentales derivan
de la división de la realidad en un reino del espíritu y un reino de la
materia. Tal división identifica a muchas de las grandes religiones del mundo.
2. DESARROLLO FILOSÓFICO Y APLICACIONES
El concepto filosófico de trascendencia fue desarrollado por el
filósofo griego Platón. Afirmaba la existencia de la bondad absoluta, que
caracterizó como algo más allá de toda descripción y como aprehensible en
último término sólo gracias a la intuición. Filósofos religiosos posteriores,
influidos por Platón, aplicaron este concepto de trascendencia a la divinidad,
manteniendo que Dios no puede ser descrito ni comprendido en términos que son
extraídos de la experiencia humana. La doctrina de que Dios es trascendente, en
el sentido de existir fuera de la naturaleza, es un principio fundamental en
las formas ortodoxas del cristianismo, el judaísmo, y el islam.
Los términos trascendente y trascendental fueron utilizados en un
sentido más limitado y técnico por los defensores de la escolástica a finales
de la edad media para señalar conceptos de una generalidad sin restricciones
que afecta a todo tipo de materias. Los escolásticos reconocían seis conceptos
trascendentales de este tipo: esencia, unidad, bondad, verdad, materia y algo
(en latín, ens, unum, bonum, verum, res y aliquid).
El filósofo alemán Immanuel Kant fue el primero en hacer una
distinción técnica entre los términos trascendente y trascendental. Kant
reservó el término trascendente para entidades como Dios y alma, las cuales se
cree existen fuera de la experiencia humana y son por lo tanto incognoscibles;
utilizó el término trascendental para indicar a priori formas de
pensamiento, es decir, los principios innatos con los que la mente configura
sus percepciones y hace inteligible la experiencia. Kant aplicó el nombre
filosofía trascendental al estudio del pensamiento puro y sus formas a
priori. Posteriores filósofos idealistas alemanes influidos por Kant, de
una forma muy acusada, como Johann Gottlieb Fichte, Friedrich W. Schelling y
Edmund Husserl describían sus ideas como trascendentales. Por lo tanto, el
término trascendentalismo viene aplicándose casi en exclusiva en el lenguaje
propio de las doctrinas surgidas del idealismo metafísico.
3. LITERATURA TRASCENDENTAL
En un sentido más específico, trascendentalismo se refiere al
movimiento literario y filosófico que se desarrolló en los Estados Unidos en la
primera mitad del siglo XIX. Aunque el movimiento fue, hasta cierto punto, una
reacción frente a ciertas doctrinas racionalistas del siglo XVIII, resultó muy
influenciado por el deísmo, que, si bien era racionalista, se opuso a la
ortodoxia calvinista. El trascendentalismo supuso también un rechazo de las
estrictas actitudes religiosas puritanas procedentes de Nueva Inglaterra, donde
se originó el movimiento. Además, se opuso al ritualismo estricto y a la
teología dogmática de todas las instituciones religiosas establecidas.
Más importante aun, los trascendentalistas estuvieron
influenciados por el Romanticismo, especialmente en aspectos como el examen de
conciencia, la exaltación del individualismo y el elogio de las bellezas de la
naturaleza y de la humanidad. En consecuencia, los escritores
trascendentalistas expresaron sentimientos semi-religiosos hacia la naturaleza,
así como el proceso creativo, y veían una conexión directa, o una
correspondencia, entre el universo (macrocosmos) y el alma individual
(microcosmos). Según esta idea, lo divino impregna todos los objetos, animados
o inanimados, y el objetivo de la vida era la unión con el denominado alma
superior. La intuición, más que la razón, fue considerada como la facultad
humana más elevada. La realización del potencial humano podía ser alcanzada a
través del misticismo o gracias a una conciencia profunda de la belleza y la
verdad del mundo natural circundante. Este proceso fue considerado como
inherente al individuo, y toda la tradición ortodoxa se convirtió en
sospechosa.
El trascendentalismo estadounidense nació con la fundación del
Club Trascendental en Boston en 1836. Entre los líderes del movimiento
figuraban el ensayista Ralph Waldo Emerson, la feminista y reformadora social
Margaret (Sarah) Fuller, el predicador Theodore Parker, el pedagogo Bronson
Alcott, el filósofo William Ellery Channing, y el autor y naturalista Henry
David Thoreau. El Club Trascendental publicó una revista, La Esfera, y
algunos de los miembros del club participaron en un experimento de vida en
comuna en Brook Farm, West Roxbury, Massachusetts, en torno a 1840. Los
principales trabajos trascendentales del movimiento estadounidense incluyen los
ensayos de Emerson “Naturaleza” (1836) y “Auto-confianza” (1841), así como
muchos de sus poemas metafísicos, y el Walden, o la vida en los bosques
(1854) de Thoreau, que relata el intento de un individuo de vivir con sencillez
y en armonía con la naturaleza.
1. INTRODUCCIÓN Crítica
de la razón práctica, obra escrita por el filósofo alemán
Immanuel Kant. Fue publicada en 1788 con el título original de Kritik der
praktischen Vernunft. Después de que en la Crítica de la razón pura
(1781) midiera los poderes y circunscribiera el propio ámbito del ejercicio de
la razón teórica, esta segunda Crítica presentaba la filosofía práctica
de Kant y trataba de demostrar que si el uso teórico de la razón está limitado
por los objetos de la experiencia, su uso práctico le abre, en cambio, un campo
de aplicación ilimitado: el de la acción moral como práctica no condicionada.
2. QUERER Y DEBER
La vocación de la razón, por supuesto en los límites y las
estructuras de su posibilidad, es práctica, pues es la única capacitada para
determinar la voluntad. Como puede hacerlo, el ejercicio legítimo de la razón
pura, por oposición a la razón empírica o científicamente determinada, es un
puro deber; esta pureza tiene la voluntad como poder legislativo
(autodeterminado y autodeterminante) de la razón que, como tal, sitúa de
entrada dicha voluntad más allá de los límites de la sensibilidad y más cerca
de la razón especulativa. La felicidad, el bien y otros deseos de perfección,
no podrían en ningún caso agotar los recursos de la “buena voluntad” que es la
voluntad a priori buena. Así, al igual que las matemáticas formulan la
ecuación de un problema con intención de resolverlo, la crítica de la razón
práctica consiste en plantear los puros principios racionales de la moralidad,
con el fin de asentar la universalidad y la necesidad.
Mientras que la Crítica de la razón pura consistió
en enfrentar a la razón consigo misma (con el fin de hallar las reglas
intrínsecas que someten todo conocimiento objetivo a la experiencia), la
segunda Crítica, en cambio, hace de la devaluación especulativa del
saber una revaluación práctica y también intrínseca: del examen de los poderes
de la facultad de conocer, pasando en adelante al de sus deberes, por
naturaleza conformes al principio objetivo del comportamiento moral. Así es
como el bien no podría ser de otro objeto que no fuese el de la propia razón,
mientras que ella se sienta como tal: sea, razonable y no solamente
raciocinante. Si el conocimiento objetivo corresponde únicamente a las ciencias
experimentales, entonces el verdadero objeto de la filosofía consiste en
plantear los principios puros de la acción moral. Ahora bien, éstos destacan
con la intención pura que Kant distingue de la simple inclinación,
aunque fuese loable: en efecto, la compasión, por ejemplo, es “conforme al
deber pero no tiene ningún valor moral verdadero”. Porque en el primer caso, el
motivo, el medio o el fin de la acción (o de la práctica) moral es el ejercicio
de la razón por y para ella misma, únicamente susceptible de garantizar la
racionalidad: “la majestuosidad del deber no tiene nada que ver con los
placeres de la vida; tiene su propia ley y también su propio tribunal” y, de
hecho, es reflexiva; en el segundo caso, la razón como la voluntad moral
transitiva es todavía tributaria de determinaciones, por así decirlo, impuras,
por ser empíricas. La prueba de la relatividad de éstas se encuentra en el
origen de una buena acción, que radica en el hecho de que siempre es posible un
mal uso de los preceptos.
De ello se deduce que sólo en el deber la razón manda de forma
absoluta, pues el deber es “hablando con propiedad un querer, que sirve para
cualquier ser racional, con la condición de que en éste la razón sea práctica
sin obstáculo”.
3. MÁXIMA Y PRECEPTO La
necesidad de una acción cumplida por respeto a la ley moral permite desde ese
momento distinguir la acción “conforme al deber”, que depende de la simple legalidad
(por estar inspirada por el sentimiento, el temor o la inclinación), de la que
se efectúa “por deber”, es decir por moralidad. Ésta, de hecho, depende
sólo del respeto a la ley, como sentimiento determinado a priori (o
puramente racional) por la representación (o ideas) de la ley moral. En este
sentido, precede la experiencia y es válida para todos los seres racionales. De
lo que se deducen también dos tipos de imperativos u obligaciones: los que,
suponiendo un fin que les condicionan, son llamados hipotéticos, y los
llamados categóricos, es decir incondicionales, formales o autosuficientes;
ya que “las incitaciones naturales no pueden producir el deber, (sino)
únicamente un querer condicionado”: es el caso de los preceptos morales.
Deber es, por lo tanto, querer, incondicionalmente y viceversa. De
ahí que Kant grabe un primer mandato (llamado sintético a priori) en sus
tablas de la ley: “Obra como si la máxima de tu acción pudiera ser erigida, por
tu voluntad, en ley universal de la naturaleza”. Sin embargo, no siendo
susceptible de ser, ni invalidado, ni confirmado por la experiencia empírica,
es necesario pues llegar a la conclusión de la imposibilidad de un acto moral
absolutamente conforme con el deber, que sólo puede ser obra de un santo. El
deber moral, en efecto, “es un querer necesario propio del hombre como miembro
de un mundo inteligible, y no lo concebirá como deber mientras que se considere
al mismo tiempo miembro de un mundo sensible”. ¿Cómo pasar del plano subjetivo
(el del respeto) al plano objetivo o universal (el de la ley)? Gracias al
formalismo del imperativo categórico como juicio sintético a priori, que
es también la condición objetiva de la autonomía del sujeto.
Desprovisto de móviles materiales o patológicos extrínsecos a la
voluntad (egoísmo, culpabilidad social, temor de Dios), el deber es ese acto
voluntario que a priori es su propio fin y que define además la
libertad. Ésta no debe pues entenderse en función de las imposiciones
individuales o colectivas (contingentes por definición) sino libres a priori
de toda determinación extrínseca.
Conformarse con la ley es igual que elegirla como tal, que
someterse a ella por las buenas o por las malas. En virtud de lo cual, el
imperativo categórico deberá entenderse también como sigue: “Obra de tal modo
que uses en todo momento humanidad, tanto en tu persona como en la ajena,
siempre como fin y nunca exclusivamente como medio”.
4. CREER COMO QUERER Ciertamente,
renunciar a la felicidad, siempre hipotética o relativa en sí, es imposible,
porque el hombre es un ser limitado y, como tal, susceptible de inclinaciones
sensibles. De igual modo, la desgracia no predispone, en efecto, al
cumplimiento desinteresado del deber de inspiración suprasensible. La búsqueda
de la felicidad personal parece pues entrar en contradicción con el sentimiento
moral absoluto. Pero, salvo que de la relación causa efecto se haga otra cosa
que no sea una necesidad de la naturaleza, el principio moral no podrá dar
lugar a una ascesis o a cualquier otra disciplina, como lo preconizaban los
epicúreos, ni tampoco se podrá plantear como la virtud en sí de los estoicos.
¿Cómo obrar entonces para la realización de un “bien soberano”?
Como no puede ser objeto del conocimiento, porque éste llama a la experiencia,
sólo puede serlo de la creencia. En consecuencia, el bien soberano sólo puede
ser el objeto de una aproximación indefinida, tal como intenta demostrarlo la
dialéctica de la razón. Ahora bien, ésta plantea especialmente dos postulados,
es decir ideas suprasensibles pero pensables, que son Dios y la inmortalidad, y
a los que podemos atribuir una realidad práctica; escribe Kant: “llamo postulado
de la razón pura práctica a una proposición teórica pero como tal no
demostrable, y que sin embargo depende inseparablemente de una ley práctica
con un valor incondicionado”. De modo que la existencia de Dios se impone,
porque garantiza la relación entre los seres razonables como miembros de un
“reino de los fines”, la cohesión social de los sujetos morales; el postulado
de la inmortalidad del alma, es decir del hombre consciente de sí mismo como de
un fin en sí, da al individuo una representación de su perfectibilidad moral
infinita.
La libertad consiste pues en obrar según las reglas de nuestra
propia razón, como si existiera una legislación suprasensible. Es decir,
“el hecho de que el hombre sea consciente de que puede hacerlo porque debe,
abre en él un abismo de disposiciones divinas que le hace experimentar una
especie de estremecimiento sagrado, frente a la grandeza y a la sublimidad de
su verdadero destino”.
1. INTRODUCCIÓN Crítica
del juicio, obra escrita por el filósofo alemán Immanuel Kant. Fue publicada
en 1790 con el título original de Kritik der Urteilskraft.
Si el entendimiento es la facultad legisladora, como ya puso de
manifiesto en Crítica de la razón pura (1781) y dedujo en Crítica de
la razón práctica (1788), si la ley de la razón pura práctica es la de una
voluntad libre como facultad de desear, pensaba Kant que lo último que quedaría
es proceder al examen de la facultad de juzgar como tercer principio
trascendental entre la ciencia, por un lado, y la moral que lo subordina, por
otro. Se trata de “saber ahora si la facultad de juzgar, (...) que constituye
un intermediario entre el entendimiento y la razón, tiene también en sí misma
principios a priori”. Esta tercera crítica será teleológica, porque
“puede y debe indicar el método según el cual hay que juzgar a la naturaleza
conforme al principio de causas finales”.
En la introducción de esta obra, Kant sitúa la finalidad en el
esquema transcendental según su doble determinación: como finalidad formal
es subjetiva (o estética) y como finalidad real es objetiva (u
orgánica). De ahí la división de este tratado en críticas del juicio estético y
teleológico.
Cuando la regla, el principio y la ley son dados, el juicio se
llama determinante. En cambio, si sólo lo particular es dado, el juicio
en busca de lo universal se llama reflectante. Como tal, no puede
llamarse objetivo como en la ciencia, sino teleológico, pues supone una unidad
en la diversidad de la naturaleza; el juicio tiene lugar como si “un entendimiento
contuviera el fundamento de la unidad de sus diversas leyes”. No plantea pues
objeción, sino solamente reglas susceptibles de unificar los fenómenos
heterogéneos de la naturaleza según un sistema capaz de orientarnos en la
“diversidad excesiva de la naturaleza”. Ahora bien, ciertos objetos,
artificiales o naturales, dan lugar a este concepto, en cuanto que representan
para el sujeto la ocasión de experimentar un sentimiento de agrado o desagrado,
como sentimiento intermediario entre las facultades de conocer y de desear.
Juzgar es siempre juzgar en función de un fin, que siempre es el objeto de una
inclinación.
Distingue, pues, dos finalidades: la subjetiva y la objetiva.
En el primer caso es puramente reflexiva o contemplativa, pues hay un acuerdo
“antes de todo concepto” entre la forma exterior de un objeto y las facultades
de conocer, que son el entendimiento y la imaginación como actividad armoniosa
espontánea; en el segundo, la finalidad está presupuesta a través del objeto
según la idea que nos anima, de un fin ideal o suprasensible de la naturaleza.
2. LA FINALIDAD FORMAL La
aprehensión estética de las cosas no contribuye en nada a su conocimiento, pero
aumenta la facultad de conocer, en tanto que mantiene una relación inmediata de
ésta con el sentimiento (de agrado o desagrado) subjetivo. Así nace el juicio
del gusto, según las cuatro formas lógicas de todo juicio. Según la cualidad,
lo bello es el objeto del sentimiento desinteresado, como esas flores y dibujos
libres “que no dependen de ningún concepto pero que sin embargo gustan”, no
debiéndose confundir este placer con lo agradable que aumenta los sentidos.
Según la cantidad, lo bello es el objeto de una pretensión del sujeto a
la universalidad subjetiva, libre de todo interés o de toda inclinación, porque
“tiene que contener el fundamento de una satisfacción para todo el mundo”.
Según la relación, debe distinguirse la belleza en abstracto,
libre o pura (las flores no presuponen ningún concepto), de la belleza adherente
o condicionada (la belleza de un ser humano presupone un concepto como su
perfección). Según la modalidad, “es bello lo que se reconoce sin
concepto como el objeto de un placer necesario”.
Ni lógico, ni moral, el juicio del gusto es pues subjetivo, pero
comporta una dimensión universal en la medida en que pretende la adhesión de
todos, en virtud del sentido común como “capacidad de comunicación universal
del estado de ánimo”. Tal es el objeto de la dialéctica de la facultad de
juzgar, que no es una dialéctica de la crítica del gusto, pues no hay
ninguna ciencia que proporcione una regla a priori de lo bello, sino
solamente una crítica: la legalidad estética es pues una “legalidad sin ley”.
Sin embargo, para reclamar la aprobación de todos, lo bello es “el símbolo de
un bien moral”, pues el juicio del que procede se atribuye a sí mismo una ley,
que no es ni la de la naturaleza, ni la de la libertad, sino que depende de lo
suprasensible, en el que el poder teórico está ligado al poder práctico de un
modo común y desconocido para formar una unidad.
Todo transcurre, en suma, como si un entendimiento, exterior al
sujeto, hubiera dispuesto el mundo a conveniencia de su facultad de conocer. De
ahí que la belleza “no sea más que una con la razón” y, añade Kant, que el
juicio estético “no designa nada en el objeto”. Éste, en lo sublime
(“contrapeso y no lo contrario de lo bello”), “provoca, en vano, el esfuerzo
del espíritu para devolver la representación de los sentidos adecuada a las
ideas”, apremiando al sujeto a pensar la naturaleza “como presentación de algo
suprasensible”. Si la satisfacción experimentada en presencia de lo bello es
extrínseca, porque sólo enfoca la cualidad formal de las cosas, puede ser
considerada como la presentación de un concepto indeterminado del entendimiento,
allí donde la satisfacción intrínseca que proporciona lo sublime, del que el
objeto es lo informe y la cantidad, puede ser considerada como la presentación
de un concepto indefinido de la razón.
Pues sublime es “lo pura y simplemente grande”, escribe Kant, cuya
infinidad se identifica en nosotros por medio de la imaginación, con “un
sustrato suprasensible (que está en la base de nuestra facultad de pensar)”; la
imaginación engendra pues en el sujeto el respeto (magnitudo reverenda)
de la grandeza de su destino, haciéndole sensible su propia sublimidad.
3. LA FINALIDAD NATURAL Si
la estética no concierne más que a la finalidad de la razón en el sujeto, éste
no puede en efecto abstenerse, por analogía con el juicio de belleza, de
prestar una finalidad de derecho al mundo (nexus finalis). Aunque
los reinos animal y vegetal, por ejemplo, no tengan consciencia de este fin,
nosotros consideramos necesariamente su existencia como si estuviera
intencionadamente producida, como con vistas a un fin: “imaginamos al artista
(un ser razonable) fuera o más allá de la naturaleza, produciendo cuerpos que,
para ser el objeto de una apreciación en cuanto a sus fines naturales,
requieren que sus partes produzcan respectiva y recíprocamente una totalidad
orgánica cuyo concepto, a su vez, pueda ser inversamente causa de éste”; de
modo que las causas eficientes que se encadenan son juzgadas como si
fueran un efecto de la acción de las causas finales.
La mecánica y la biología, especialmente, no sabrían destruir en
nosotros esta predisposición teleológica, por la sencilla razón de que ésta es
transcendental o formal y no física o psicológica. También estamos autorizados
“a poner a prueba todas las leyes conocidas del engendramiento mecánico”, no
sin permitirnos “apelar a una causa generadora que sea completamente diferente,
a saber de la causalidad por los fines”. Ésta es solo apta, si no para
responder, sí al menos para correspondernos a la siguiente pregunta, incluso
aunque exceda de facto los límites del entendimiento: ¿cómo son posibles
las diversas producciones de la naturaleza?
Desde ese momento hay que admitir, para contestar, que el recurso
al ciego mecanismo natural o al azar nos deja como pez fuera del agua,
“arrojados en la arena con (nuestra) razón”. Las causas invocadas por las
ciencias naturales no podrían convencernos completamente de la posibilidad de
que nosotros representamos los productos de la naturaleza “según otro modo de
causalidad que el de las leyes materiales de la materia”, con el fin de
justificar su posibilidad. Ahora bien, esto sólo puede ser postulando (no para
explicarlas sino para explicitarlas) un entendimiento originario como causa
universal o fin de fines, pues incluso el conocimiento empírico, en cuanto
causa efecto, presupone conceptos de la razón. Y si la teleología como
legalidad del contingente no es una ciencia, al menos es necesaria como
principio regulador (o máximo) para la facultad humana de juzgar respecto a la
naturaleza como sistema según la regla de los fines, y en función del cual “en
el mundo todo vale para algo, nada se hace en balde”, en la medida en que las
partes nos parecen concurrir a su efecto de conjunto orgánico.
Este principio racional de la facultad del juicio reflectante es
subjetivo; como tal, está admitido situarlo en la causalidad físico-mecánica.
En cambio, para situarse en el origen de la teología como conocimiento del ser
originario y suprasensible, no se confundirá ni Dios ni la física (pese a que
fuera física de la física) con la idea de un gran sistema de fines. Pues la
intención desconocida que presupone la teleología postulando un “entendimiento
arquitectónico” es una palabra o una pura idea que “aquí significa un principio
de la facultad del juicio reflectante (o reguladora), y no de la facultad del
juicio determinante” (o constitutiva). Este principio es crítico como condición
subjetiva del pensamiento, y no dogmático u objetivo; es el momento también de
evocar la existencia del hombre como fin último de la creación, la cual supone
desde entonces cultura y disciplina.
Con el pensamiento expuesto en esta obra se cierra el vasto
tríptico crítico kantiano: la metafísica es sólo posible sabiéndose
fenomenología en la razón pura, fe racional en la razón práctica y, por último,
solución de continuidad entre la pura facultad de conocer (teoría) y el ámbito
del concepto de libertad (práctica).
4. INFLUENCIA
La filosofía kantiana, y en especial tal y como fue desarrollada
por el filósofo alemán Georg Wilhelm Friedrich Hegel, estableció los cimientos
sobre los que se edificó la estructura básica del pensamiento de Karl Marx. El
método dialéctico, utilizado tanto por Hegel como por Marx, no fue sino el
desarrollo del método de razonamiento articulado por antinomias aplicado por
Kant. El filósofo alemán Johann Gottlieb Fichte, alumno suyo, rechazó la
división del mundo hecha por su maestro en partes objetivas y subjetivas, y
elaboró una filosofía idealista que también influyó de una forma notable en los
socialistas del siglo XIX. Uno de los sucesores de Kant en la Universidad de
Königsberg, Johann Friedrich Herbart, incorporó algunas de las ideas kantianas
a sus sistemas de pedagogía.
1. INTRODUCCIÓN Hegel,
Georg Wilhelm Friedrich (1770-1831), filósofo alemán, máximo
representante del idealismo y uno de los teóricos más influyentes en el
pensamiento universal desde el siglo XIX.
2. VIDA Y OBRA
Nacido en Stuttgart el 27 de agosto de 1770, hijo de un
funcionario de la hacienda pública, Hegel creció en un ambiente de pietismo
protestante y estudió a los clásicos griegos y latinos mientras estuvo en el gymnasium
de su ciudad natal. Animado por su padre para que se hiciera pastor
protestante, en 1788 ingresó en el seminario de la Universidad de Tubinga,
donde entabló amistad con el poeta Friedrich Hölderlin y el filósofo Friedrich
Wilhelm Joseph von Schelling, de significada filiación romántica, compartiendo
con ellos su entusiasmo por la Revolución Francesa y la antigüedad clásica.
Después de completar un curso de Filosofía y Teología, y decidir que no quería
seguir la carrera religiosa, en 1793 comenzó a ejercer como preceptor en Berna
(Suiza). En 1797 consiguió un cargo similar en Frankfurt, pero dos años más
tarde su padre falleció, dejándole un legado cuya cuantía económica le permitió
abandonar su trabajo como tutor.
En 1801 se trasladó a la Universidad de Jena, donde estudió,
escribió y logró un puesto como profesor. Allí concluyó la Fenomenología del
espíritu (1807), una de sus obras más importantes. Permaneció en Jena hasta
octubre de 1806, cuando la ciudad, en el transcurso de las Guerras
Napoleónicas, fue ocupada por las tropas francesas, por lo que se vio obligado
a huir. Desde 1807 hasta 1809, una vez agotadas las rentas que le había
proporcionado la herencia paterna, trabajó como redactor en el periódico Bamberger
Zeitung de Baviera. Sin embargo, el periodismo no le agradó y en 1809 se
trasladó a Nuremberg donde fue director de un gymnasium durante ocho
años.
Durante los años que residió en Nuremberg, Hegel conoció y
contrajo matrimonio con Marie von Tucher, de quien tuvo tres hijos: una niña
(que murió al poco de nacer) y dos varones (Karl e Immanuel). Antes de su
matrimonio, Hegel había tenido un hijo ilegítimo (Ludwig) que acabaría viviendo
en el hogar de los Hegel. Después de haber trabajado en su redacción durante
siete años, publicó en Nuremberg otro de sus más afamados escritos, Ciencia
de la Lógica (1812-1816). En 1816 aceptó la cátedra de Filosofía en la
Universidad de Heidelberg y, poco después, publicó de forma sistemática sus
pensamientos filosóficos en su obra Enciclopedia de las ciencias filosóficas
(1817). En 1818 ingresó en la Universidad de Berlín, institución en la cual
expuso y enseñó el conjunto de su pensamiento hasta su fallecimiento, ocurrido
en esa misma ciudad el 14 de noviembre de 1831.