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      Geografia
    Defensa del derecho argentino a la soberanía de las Islas Malvinas.

    Agregado: 07 de JULIO de 2002 (Por Victoria Ruiz) | Palabras: 1027 | Votar! | Sin Votos | Sin comentarios | Agregar Comentario
    Categoría: Apuntes y Monografías > Geografía >

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    El derecho a la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas

     

    Se me ha pedido que defienda la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas y para ello comenzaré diciendo que el archipiélago de Malvinas se encuentra en el Océano Atlántico, a aproximadamente 550 km de la costa continental argentina y que, geológicamente, es una parte de la Patagonia argentina, ya que está unido al continente americano por una elevada meseta submarina.

    Podría afirmarse que los habitantes de las islas no son ciudadanos británicos, ya que no tienen los derechos de aquellos: no pueden migrar a Gran Bretaña y, como publicó el diario “The Times” de Londres en 1968, "los habitantes de las islas Falkland no eligen su gobierno, son gobernados por funcionarios nombrados y designados. No controlan su propia economía, ésta es controlada por un monopolio. No son dueños de la tierra en que habitan, ésta pertenece a propietarios ausentes en las islas”.

    Teniendo en cuenta la Historia, se puede alegar que en 1816, las islas pertenecientes a España, pasaron por derecho de sucesión a pertenecer a las Provincias Unidas del Río de la Plata.

    Ahora se plantea el interrogante de cuáles eran los derechos que tenía España sobre las islas que podía transmitir a las Provincias Unidas. A este interrogante se puede responder que, para empezar, España había descubierto las islas. Segundo: bulas pontificias y tratados reconocidos  convencionalmente por terceros Estados (Inglaterra inclusive) declaraban el derecho de España sobre el archipiélago. Y por último, por esa fecha, España ocupaba efectivamente las islas. España había descubierto las islas

    Hasta ahora, no se ha conseguido establecer con exactitud quién avistó las Malvinas por primera vez. Existen diversas versiones sobre el descubrimiento del archipiélago, pero se puede sostener que las islas fueron descubiertas por españoles, o por gente al servicio de España (quizás en la expedición de Magallanes o en una de Américo Vespucio, y seguramente en la del obispo de Plasencia en 1540). Lo prueba la cartografía de la época. Las islas aparecieron en las cartas españolas desde 1527, y más precisamente desde 1529, bajo el nombre de Sansón o también de Patos.

    También se puede afirmar que navegantes españoles, holandeses y franceses arribaron antes que los de Gran Bretaña.

    Los ingleses atribuyen el descubrimiento de las islas a Juan Davis, o Davies, en 1592, quien no desembarcó en ellas y las situó de forma errada. En 1594, el corsario inglés Ricardo Hawkins dice descubrir unas islas pero la descripción de las mismas no corresponde a las Malvinas, ya que Hawkins dice que estaban pobladas.

    Estos supuestos descubrimientos no fueron incorporados a la cartografía británica, hecho que invalida las pretensiones de esta nación al respecto. bulas y tratados reconocidos  por terceros declaraban el derecho de Esp

    El mundo europeo carecía de reglas de derecho para el gobierno de los descubrimientos y la ocupación, y por eso se sometió al influjo de las sanciones eclesiásticas. El Papa Alejandro VI promulgó en 1493 las siguientes bulas: la Inter Caetera o Bula de Donación, la Eximie Devotione, la Inter Caetera o Bula de Demarcación, la Piis Fidelium y la Dudum Siquidem. En ellas se le conceden a España y a sus herederos y sucesores todas las tierras descubiertas y por descubrir hacia el Oeste de una línea trazada de polo a polo 100 leguas al Oeste de las islas Azores o del Cabo Verde. En 1494, las Bulas fueron perfeccionadas por el Tratado de Tordesillas, el cual trasladó la línea a 370 leguas al Oeste de las islas previamente mencionadas. De acuerdo a las bulas pontificias y al Tratado de Tordesillas, las Malvinas están en el sector español.

    En 1713, se firma el tratado de Madrid, en el cual Inglaterra se compromete a imponer penas a todos sus súbditos que en navío de su nación pasaran a cualquier paraje de las Indias españolas sin autorización, exceptuando a los de la compañía de asiento de negros. En ese entonces, Inglaterra reconocía los derechos españoles sobre las Islas Malvinas. Lo prueba el hecho de que en 1748 Inglaterra haya suspendido una expedición cuya finalidad era fundar un establecimiento en el Atlántico Sur. España ocupaba efectivamente a esa fecha las islas;

    El primer establecimiento, aunque transitorio, fundado en las islas en 1540, fue el de los tripulantes de una nave de la expedición armada por el Obispo de Plasencia.

    En 1764, el francés Luis Antonio de Bougainville llegó a Malvinas, fundando en la isla Soledad la pequeña población que bautizó con el nombre de “Puerto San Luis”. Dos años después, el Comodoro inglés John Byron se estableció en el puerto que llamó Egmont.

                 Enterados los españoles de esta usurpación de su derecho sobre las islas, reclamaron ante Francia, basándose en el pacto de familia firmado entre los Borbones de ambas naciones en el cual se garantizaban, recíprocamente, ‘todos los estados, países, islas y plazas y toda suerte de posesiones, sea cual fuere su situación, sin reserva ni excepción”. Puerto San Luis les fue devuelto y los franceses abandonaron las islas.

    En cuanto a los ingleses de puerto Egmont, fueron desalojados en 1770 por una expedición enviada a las órdenes de Ignacio de Madariaga por el gobernador del Río de la Plata. Para evitar una guerra, en 1771 España firmó la “Declaración de Masserano” en la cual se comprometió a devolver Puerto Egmont a Inglaterra, pero dejando a salvo sus derechos de soberanía sobre las islas y contando con una promesa secreta de evacuación de las islas que se materializó en 1774.

    En esa fecha España adquirió la posesión de todas las islas y, hasta 1811, ejerció una indiscutible soberanía sobre el archipiélago.

    En 1790 se firmó el Convenio de San Lorenzo, por el cual se abre el Pacífico a la navegación inglesa, y en el artículo 6 se estableció que los súbditos respectivos no podrían formar ningún asentamiento en las costas tanto orientales como occidentales de América Meridional ni en las islas adyacentes ya ocupadas por España.

    En ese momento, España tenía poblaciones en varios untos de las costas y en Puerto Soledad en las Malvinas. En consecuencia, Inglaterra carecía de derechos para fundar allí cualquier establecimiento.




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