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Poder legislativo, camara de senadores, diputados, re - elecciones, etc.

Agregado: 07 de JULIO de 2002 (Por Victoria Ruiz) | Palabras: 1760 | Votar |
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    El Poder Legislativo

    El poder legislativo es aquél que tiene a su cargo la sanción de las normas jurídicas que imponen conductas a determinadas categorías de personas - "leyes" en sentido formal- y es ejercido por el Congreso Nacional.

    En el artículo 44 de nuestra Constitución Nacional se establece que el Congreso estará compuesto por dos cámaras, una de diputados de la Nación y otra de senadores de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires (Capital Federal).

    El Congreso es entonces, un órgano colegiado porque está integrado por una cantidad de personas que invisten determinada representación política.

    Por lo tanto, el Congreso es también bicameral o compuesto ya que está integrado por dos cámaras que sesionan separadamente y cuyos integrantes tienen requisitos, plazos e investiduras.

    Ahora bien, si debemos analizar si se justifica o no la existencia del bicameralismo, debemos tener en cuenta que la integración bicameral tiene íntima e inmediata relación con la estructura constitucional de Estado: la descentralización territorial del poder, o sea, el federalismo.

    Esta organización que se ha adoptado, es decir, el bicameralismo con sentido Federal, nace en las discusiones del Congreso Continental que elaboró el texto de la Constitución de los Estados Unidos, sancionada en Filadelfia en 1787.

    En aquella oportunidad, los Estados pequeños recelaban de los grandes. Estos (Virginia, Rhode Island, New Jersey) querían la unión federal bajo su mando, sometiendo a los otros. Los estados con menor población y recursos exigieron que en el Congreso Federal se consagrara la igualdad de votos para todos los estados, grandes o pequeños. Los Estados grandes, por su parte, pretendían que la representación en el Congreso fuera proporcional a la población de cada Estado ya que los más grandes invertían más en el proceso de mantenimiento del gobierno federal y aportaban más tropas. Finalmente, para evitar grandes conflictos (que de hecho hicieron peligrar la sanción de la Constitución), se impuso una solución transaccional, en la cual se trató de complacer ambos intereses , estableciendo una Cámara con voto igualitario para todos los Estados (Senado), que favorecía a los Estados pequeños, y otra con voto proporcional a la población (Representantes- equivalente a nuestra Cámara de Diputados), que favorecía a los Estados Grandes.

     Por lo tanto, la existencia del bicameralismo trata de establecer situaciones más o menos justas y equitativas para todos los Estados, de manera que sí se justifica el bicameralismo.

    La Cámara de Diputados

    A partir del artículo 45 (hasta el 53), se establecen las características esenciales de la Cámara de Diputados.

    Efectivamente, en este artículo 45, se describen los caracteres que deben tener los que integran esta Cámara. Para comenzar, se dice que los diputados serán elegidos directamente por el pueblo, lo que significa que los ciudadanos de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires eligen los candidatos que llenarán las vacantes de diputados, sin intermediación alguna.

    Al respecto de la representación política, se discute si realmente los diputados representan al pueblo se la Nación o al partido que los propuso, o si no representan a nadie.

    En cuanto a la representación del partido que lo patrocina, esto se vincula con la pertenencia de la banca del diputado. Algunas constituciones provinciales establecen que la banca pertenece al partido que nominó al diputado. Con esto se pretende imponer una rígida disciplina de bloque, que evite que el diputado pueda separarse de él o votar en forma distinta de lo resuelto por el bloque. Yo creo que estoe viola la forma republicana y democrática, porque sería traspasar la soberanía del Congreso al partido Político. Además, el ciudadano debe sentirse defraudado por los representantes que votó. Pero él podrá decidir, si es que siente eso, si lo castigará por medio de comicios futuros.

    Si continuamos con la lectura del artículo 45, vemos que los representantes también serán elegidos a "simple pluralidad de sufragios", lo que significa que las vacantes deben ser cubiertas por los candidatos más votados de cada distrito.

    Finalmente, en este artículo se establece la base para calcular la cantidad de diputados que envía cada distrito a la Cámara. Las últimas leyes electorales han fijado un número mínimo de cinco diputados por provincia. De esta manera se establece una sobre-representación para las provincias de poca población, que distorsiona el principio "un hombre, un voto" ya que el voto del ciudadano de una provincia vale más, cuantitativamente, que el de quien vive en una provincia más poblada. Por todo lo antedicho, yo creo, aunque esta es una opinión estrictamente personal, que esta situación no es justa de acuerdo a la estructura del bicameralismo, pues no respeta lo "pactado" entre las Cámaras.

    Por otra parte, en el artículo 48 de la Constitución establece los requisitos para ser diputado: 25 años de edad, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio, y ser natural de la provincia que lo elija, o con 2 años de residencia inmediata en ella.

    En el artículo 50 se expresa que los diputados durarán en su representación por cuatro años y son reelegibles.

    El artículo 52 establece que a esta Cámara corresponde la iniciativa de las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas.

    La Cámara de Senadores

    Como se ha dicho anteriormente, los Senadores representan a las provincias como entidades autónomas, por lo que cada provincia tiene un número igual de votos en la Cámara de Senadores, cualquiera que sea su población o su riqueza.

    Para comenzar, el artículo 54 establece que el Senado se compone de tres senadores por cada provincia y tres por la ciudad elegidos en forma directa y conjunta, correspondiendo a dos bancas al partido político que obtenga el mayor número de votas, y la restante al partido político que le siga en número de votos.

    En el artículo 55, se expresa que los requisitos para ser senador son: tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutas de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia en ella.

    A simple vista, se podría pensar que como el senador debe tener una "renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente", esta Cámara contiene elementos elitistas. Sin embargo, esto está muy bien pensado para que no se cometan actos de corrupción que resulten prejuiciosos a los ciudadanos. Por otra parte, yo creo que el Senado representa nuevamente a los partidos políticos, como la Cámara de Diputados, pues en el Congreso, como en todos lados, existe mucha presión por parte de los gobernantes, por lo que a pesar de que el legislador quiera expresar su opinión o punto de vista, no lo puede hacer, debiendo permanecer resignado al control de los dirigentes de los partidos político.

    El artículo 56, establece que los senadores duran seis años en el ejercicio de su mandatos, pudiendo ser reelegibles, pero se renovará a razón de una tercera parte de los distritos electorales cada dos años.

    Las re-elecciones

    Los diputados y senadores, entonces, pueden ser reelectos. En cuanto a la reelección del presidente, el artículo 90 expresa lo siguiente: "El presidente y vicepresidente duran en sus funciones por el término de cuatro años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo. Si han sido reelecto o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período".

    En mi opinión, las reelecciones no deben constituir ningún problema, pues es la sociedad la que se debe encargar de elegir a sus dirigentes, de manera que si un presidente realiza las cosas bien, sin actos de corrupción, no debería representar ningún riesgo el hecho de las reelecciones.

    La elección del 14 de octubre y los votos

    En esta elección, que por cierto fue la última que se realizó respecto a la formación del Congreso, mostró que la clase política debe tomar nota del alto nivel de votos en blanco y nulos, algo que no puede interpretarse sino como la expresión del descontento público. Este rasgo es lo que más se puede resaltar acerca de estas elecciones. Todos los sectores -sin excepción- manifestaron enfáticamente su descontento respecto de la situación vigente.

    Se habló genéricamente mal de los partidos, del plan económico, del régimen electoral, de la Justicia, de los funcionarios públicos, del estado actual de la educación, de las políticas de salud, del sistema tributario. Se formularon quejas y protestas referidas a casi todas las áreas de la vida nacional. Pero faltaron ofertas e ideas constructivas y razonablemente aplicables. Eso tal vez contribuyó a que fuera tan alta la proporción de votos en blanco o nulos, sumado al repudio que gran parte de la población mostró a la clase política.

    Es por ello, que la clase política en su conjunto deberá tomar debida nota del impresionante nivel de votos en blanco y nulos, algo que a estas alturas debe interpretarse como la expresión de un profundo desencanto público, que abarca por igual a todas las fuerzas políticas.

    Decir que las cosas están mal, pero no decir qué se debe hacer para mejorarlas no le sirve al país ni le sirve a nadie. Decir, por ejemplo, que el modelo económico está agotado y que hay que cambiarlo significa poco si al mismo tiempo no se especifica cuál es el modelo que se quiere adoptar en su reemplazo. En ese vicio incurrieron, sin embargo, muchísimos candidatos.

    En cuanto al voto en blanco, este debería ser considerado como un voto válido. En el sistema democrático en el que se basa nuestro país, se establece, aunque sea implícitamente, que si ningún candidato te representa, existe esa posibilidad de votar en blanco, por lo que este voto debería ser computado. Además, si no se computa (como es el caso de nuestro país), el porcentaje de los candidatos aumenta, hecho que muestra indudablemente la deficiencia del sistema electoral, pues el voto en blanco se estableció con el objeto de que la gente tenga una nueva salida ante la duda de si los dirigentes representan o no a la persona, y no para aumentar su porcentaje.

    Por último, es necesario aclarar, que si el voto en blanco o impugnado no es "bienvenido" por los candidatos, la estructura gubernamental se debería replantear el hecho de que los votos sean obligatorios. En efecto, creo que el voto no debería ser obligatorio y que cada cual debería decidir si quiere o no votar en cualquier elección.


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    Fecha: 23/08/2004 -- Hora: 17:39:06
    Autor: Lautaro.- - laucha131@yahoo.com.ar
    Asunto: GRACIAS!!ME SALVASTE!!
    Mensaje: Holas,como estas!?La verdad que tenia que entregar mañana un TP de este tema y me re salvaste!! Graxx!! Laucha.-



     
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