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Publicado por Sergio Morant sergio morant@yahoo.com.ar EL RIESGO DE CAMBIO COBERTURA DE LOS RIESGOS DE CAMBIO SEGURO DE CAMBIO. CONCEPTO COTIZACIONES A PLAZO. FORMACION COTIZACION DE LOS SEGUROS POR PARTE DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS CUMPLIMIENTO DE LOS SEGUROS DE CAMBIO LEGISLACION BASICA OPCIONES SOBRE DIVISAS CAMBIOS EN LAS OPCIONES. FIJACION EJERCICIO DE LA OPCION LEGISLACION BASICA El Riesgo De Cambio S momento en que se contrae la obligación o derecho de pagarla o recibirla, hasta la oportunidad en que se materializa el pago / cobro. En todas las divisas existe riesgo de cambio y, este es mayor, cuanto más dilatado es el plazo de materialización. Las divisas pueden revalorizarse o depreciarse, por lo que: RIESGO DE CAMBIO NO EQUIVALE A PERDIDA Cobertura de los Riesgos de cambio E cambio cuando operan en divisas. Desde el punto de vista de las operaciones comerciales ( Importación - exportación de bienes y servicios ), los más utilizados son: • • Seguro de Cambio. Concepto E determinada divisa a una fecha concreta y a un cambio previamente prefijado. En las operaciones de seguro de cambio intervienen las empresas y particulares con Entidades financieras que son, en definitiva, las que aseguran los cambios. O Se pueden asegurar, tanto las operaciones de compra y venta de mercancias como las de servicios. Igualmente son asegurables las operaciones financieras. C Las entidades financieras perciben una comisión de alrededor de 1 por 1000, con mínimos entre 2000 y 3000 pesetas por contrato de seguro. Estas tarifas son libres, por lo que cada Entidad fija las suyas propias. También suelen cobrar el 2 por mil aproximadamente en los incumplimientos del seguro. Cotizaciones a Plazo. Formación L USA tiene una cotización al contado (spot) de 116,99 ptas. (cambio comprador) y 117,22 ptas. ( cambio vendedor). Su cotización a plazo ( seguro de cambio ) es: A 1 mes Comprador - Vendedor A 2 meses Comprador - Vendedor A 3 meses Comprador - Vendedor A 6 mes Comprador - Vendedor $ USA 118,08 118,13 119,17 119,26 120,21 120,30 123,05 123,14 Se observa que cuanto mayor es el plazo del aseguramiento, mayor es también la cotización, por lo que el importador le costará más pesetas asegurar el cambio y al exportador le reportará más pesetas el vender su divisa a plazo. Tiene esto una explicación bastante lógica. Si suponemos que, en virtud del contrato de seguro de cambio, un Banco se compromete con un importador a entregarle $ USA en un plazo de 3 meses y a un cambio fijo, lo normal sería que ese Banco adquiriese los $ en el mismo dia de realizar el seguro. De esta forma la Entidad financiera estará cubierta, también, del riesgo de cambio. Los $ USA asegurados tienen un coste financiero, ya que la Entidad bancaria los adquiere contra pesetas. El coste de estas pesetas en el MIBOR , es decir, el precio de las pesetas en el mercado interbancario. Supongamos, actualmente, el 13% anual. Los $ USA así adquiridos por la Entidad financiera tienen un refinamiento. Es de pensar, con toda lógica, que no es práctica bancaria tener dinero ocioso. El rendimiento de los $ USA vendrá expresado por el LIBOR ( LONDON INTERBANK BASIC OFFERED RATE). El coste financiero para la Entidad bancaria es del 9% anual. Este conste se lo traspasará al importador en forma de cotización forward, partiendo de la cotización de contado, aplicando la fórmula: B * 100 : C * T ::R : i, o lo que es igual: 360 * 100 : 117,22 * 90 :: 9 : X X =111,22 * 90*9 = 2, 63 pesetas Cotización Contado= 117,22 + 2,63 119,85 Esta es la teoría de la formación de los cambios, por lo que podemos llegar a la siguiente igualdad: LIBOR + / - SEGURO DE CAMBIO = MIBOR o lo que es igual: + SEGURO DE CAMBIO = MIBOR - LIBOR Esta igualdad no es matemáticamente exacta, ya que para la formación definitiva de la cotización influyen factores, tales como : oferta y demanda, perspectiva de las divisas, etc. En resumen: • = MAYOR COSTE PARA EL IMPORTADOR Y MAYOR RENDIMIENTO PARA EL EXPORTADOR • MENOR CONSTE PARA EL IMPORTADOR Y MENOR RENDIMIENTO PARA EL EXPORTADOR. Cotización de los Seguros por parte de las entidades financieras L bién, aunque como todas parten de la teoría expuesta anteriormente, suelen ser bastante similares entre sí. No obstante hay que tener en cuenta un factor fundamental. La cotización de los seguros de cambio está variando continuamente en el día, por lo que no son comparables las facilitadas por diversas Entidades, con diferencias de 1 hora y, a veces, ni siquiera de 1/2 hora. La única comparación válida es la cotización en el mismo momento entre varias entidades. P Se pueden efectuar seguros de cambio en cualquier momento hasta 72 horas antes del vencimiento del cobro/pago. Respecto al plazo máximo del aseguramiento, no existe ningún impedimento, salvo que es difícil poder contratar seguros a más de un año, por falta de contrapartida en el mercado. C Se puede asegurar el importe total de una operación o un porcentaje de la misma. El extremo conservador es asegurar el 100 por 100 de una operación. Al otro extremo nos encontramos con una postura arriesgada en base a no realizar seguro de cambio. Existe, como en todos los órdenes de la vida, la postura intermedia. Cumplimiento de los Seguros de Cambio L circunstancias que lo pueden impedir. INCUMPLIMIENTO DE SEGUROS DE CAMBIO DE IMPORTACIONES El importador no ordena a su Banco aplicar la divisa. El Banco lo pondrá a su disposición. El importador tiene dos soluciones: • • cambio que se produzca. INCUMPLIMIENTO DE SEGUROS DE CAMBIO DE EXPORTACIONES El exportador no entrega en su Banco la divisa asegurada. El Banco deberá comprar la divisa en el mercado de contado y abonará el contravalor en la cuenta del exportador, aflorando una diferencia de cambio a favor o en contra del exportador. C Puede suceder por acuerdo entre el Banco y el asegurador ( importador / exportador ). RESUMEN SEGUROS DE CAMBIO • • haya mercado. • durante la vida de la operación. • solamente un porcentaje de la misma. • la divisa asegurada, el seguro es un coste para el importador y un mayor ingreso para el exportador. • futuros ) están variando en el transcurso del día. • • aproximadamente al resultado de: Libor + / - Seguro = MIBOR • liquidar la operación en el mercado de contado son a favor o en contra del importador/exportador, según resulten. • contrato. • vencimiento, si hay acuerdo entre las partes. • especulativo. Legislación Básica D normas de desarrollo, los residentes en España son libres para comparar y vender divisas a plazo sin limitación alguna, tanto si dichas compras y ventas se efectúan con una Entidad Registrada como si se realizan con alguna otra persona o Entidad no residente ( como pueden ser Entidades bancarias extranjeras ). Las únicas condiciones al respecto son las referencias a la obligación de los residentes de declarar los datos relativos a las operaciones, que los artículos 5 imponen siempre que se produzcan cobros o pagos externos o utilización de cuentas bancarias en el extranjero. Opciones sobre Divisas Una opción sobre divisas es un mecanismo de cobertura mucho mas moderno que el sistema tradicional de seguro de cambio. La opción da el derecho a su comprador ( importador o exportador ) a comprar o vender una divisa concreta a un precio determinado y en una fecha concreta. La diferencia básica entre seguro de cambio y opción radica: SEGURO DE CAMBIO: Obligación de cumplimiento. OPCION: Derecho de cumplimiento. C Existen dos tipos de opciones: OPCION DE COMPRA: ( CALL OPTION ) OPCION DE VENTA: ( PUT OPTION ) Los importadores comprarán opciones de compra de divisas y los exportadores opciones de venta de divisas. C Los Bancos vienen percibiendo una comisión de, aproximadamente, 1 por 1000. Cambios en las Opciones. Fijación E El importador querrá situar un tipo de cambio que no tenga influencias negativas en su precio de compra de la mercancía. El exportador tratará de fijar un cambio que no le influya perjudicialmente en el rendimiento de su exportación. Contra más alejados estén estos cambios de la realidad del mercado, más onerosa resultará la adquisición de la opción. El cambio a que se quiere ejercer la opción se denomina: Precio de ejercicio <> Strike Price Aquí tenemos otra diferencia básica con el seguro de cambio. SEGURO: El Banco fija la cotización OPCION: El comprador fija la cotización Cotización Según el cambio a que se quiere ejercer el derecho de opción el vendedor ( Banco ) fija una prima, denominada "premiun". Esta prima se paga por adelantado, en el preciso momento de adquirir la opción. Esta es otra diferencia básica con el seguro de cambio. SEGURO DE CAMBIO: No se paga prima OPCION SOBRE DIVISAS: Se paga prima anticipadamente El comprador de la opción tendría que tener en cuenta al calcular su coste financiero el lucro cesante de la prima pagada en pesetas: COSTE= PRIMA + INTERES CESANTE Ejercicio de la Opción A comparar la cotización de contado en ese momento con el precio de ejercicio más la prima pagada. Supongamos a un importador que necesita pagar $ USA en el futuro y no quiere adquirir a un cambio superior a 120 ptas. el $ USA. Adquirirá una " call option " se compra de $ USA, y a cambio de ello pagará, p. ej 10 ptas. por $ USA ( premium ). ¿ Que le habría sucedido ? a ) Ejerciendo la opción: 1 $ USA ..............120 Ptas. Premium ............... 10 Ptas. Coste total ............130 Ptas. b ) Sin ejercer la opción: 1 $ USA ............... 120 Ptas. ( Contado ) Premium ................ 10 Ptas. Coste total ............ 125 Ptas. Lógicamente no ejercerá la opción y comprará los $ USA en el mercado de contado. Legislación Básica Según se desprende del Real Decreto 1816 / 1991, los residentes en España son libres para comprar y vender opciones sobre divisas, tanto a Entidades registradas como a otras Entidades financieras o bancarias no residentes. DIFERENCIAS ENTRE EL SEGURO DE CAMBIO Y LAS OPCIONES Seguro de Cambio - cumplirse, se regulariza la situación en el mercado de contado, siendo las pérdidas o beneficios por cuenta del asegurado. - No existen pagos anticipados en concepto de "coste" - El cambio asegurado lo marca la Entidad financiera Opciones - ejerce o no en función del interés del comprador de la opción. - Se paga en función del cambio fijado. - El cambio a que se desea ejercer la opción, lo fija el comprador.
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