Aca estan todos los temas que se toman en los dos parciales de la materia civil 1 en la universidad de la matanza UNLAM
Agregado: 11 de FEBRERO de 2009 (Por
fede) | Palabras: 472 |
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Autor: fede (ffedefe@gmail.com)
Unidad 6: Domicilio
Domicilio. Concepto: Es el asiento jurídico de la persona; o en otras palabras donde podrá encontrarse a la persona para hacerle saber o hacerle soportar cualquier efecto legal. En cuanto a su naturaleza jurídica es un atributo de la persona.
Art. 89 su Importancia: Sirve para determinar la ley aplicable, fija la competencia de los jueces y para realizar las modificaciones. Caracteres: Es Legal, pues esta fijado por la ley; es Necesario, ya que ninguna persona puede carecer de un domicilio; y es único, pues a los efectos legales solo se puede tener un domicilio general.
Clasificación del domicilio: a) General: Se lo reconoce la ley a todos y puede ser Real, Legal, o de Origen.
Real: Asiento principal de su negocio y residencia, el domicilio real es el voluntario como lo dice el art. 94, es decir la persona lo elige. La característica de este es la permanencia y habitualidad.
Legal: La ley presume que una persona reside en ese domicilio sin admitir lo contrario, aunque de hecho no se encuentre allí presente y si no esta es un problema de él; este domicilio es impuesto no voluntario, funciona como una carga, es el domicilio el que una persona reside para el ejercicio sus obligaciones y como dice el art. 90, poseen este domicilio: funcionarios públicos, eclesiásticos, militares en servicio, los incapaces tienen domicilio de sus representantes, los mayores de edad que sirven a otro, tienen el domicilio de la persona a la que le sirven, las compañías en todos sus establecimientos y si no esta dejo la cedula igual.
Origen: El que tenga la persona, el de los padres al momento del nacimiento del hijo, no tiene relevancia jurídica, es solo una categoría legal. El domicilio de origen esta establecido con carácter forzoso por la ley.
b) Domicilio Especial: Este domicilio es el que se establece solo para ciertas relaciones jurídicas determinadas, se subdividen en: Convencional, Procesal, Conyugal, Comercial, De las Sucursales, etc.
Domicilio Convencional: Es el que fija una persona en un contrato para todos los efectos legales derivados de este acto jurídico.
Domicilio Procesal: Es el que esta obligado a constituir toda persona que intervenga en un juicio. Normalmente la parte constituye domicilio en el estudio del abogado. Solo tiene valor en juicio para el cual ha sido constituido. Si no se fijase el domicilio procesal, el mismo quedara constituido en los estrados del tribunal. Finalizado el juicio el domicilio procesal caduca.
Domicilio Comercial: Es el domicilio elegido por un comerciante para los efectos y cumplimientos de las obligaciones que hubiesen contenido a raíz del contenido de sus actividades comerciales, siendo independientes del domicilio general. Domicilio de las sucursales: Si una empresa tiene varias sucursales tendrá el domicilio especial en el lugar en que estén las sucursales. El caso esta previsto en el art. 90.
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