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Jueves 28 de Marzo de 2024 |
 

LA EUTANASIA

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Trabajo Monografico sobre la Eutanasia

Agregado: 14 de MAYO de 2007 (Por Anonimo) | Palabras: 4748 | Votar |
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  • LA EUTANASIA: Trabajo Monografico sobre la Eutanasia

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    Autor: Anonimo (info@alipso.com)


    LA EUTANASIA


    INTRODUCCION



    Es indudable, a nuestra manera de ver, que el primordial derecho que puede asistir hoy a todo ser humano es el de la vida, pero cuando se ve afectado por unas condiciones de salud lamentables, que llevan a quien las padece a verse en una situación en la cual se ve recluido en una unidad de cuidados intensivos, de la cual no se sabe si saldrá, donde su existencia esta en la cuerda floja, donde puede existir una salida irreversible, donde la existencia dependerá en el futuro de medios extraordinarios, conectado a maquinas como el respirador artificial, cabe preguntarse si se esta cuidando la vida o prolongando la agonía que nos puede llevar a la muerte. En un momento así... ¿EUTANASIA?. Reflexionemos a partir de la siguiente lectura.



    Etimológicamente "eutanasia" significa: buena muerte, dulce, libre de sufrimientos. La empleo por primera vez Francisco Bacon en el siglo XVII.



    La eutanasia moderna en los pueblos primitivos era sobre todo cuestión de estomago: se dirigía a la supresión de bocas inútiles.



    EUTANASIA...SIGNIFICADOS DIVERSOS



    En general, eutanasia significa el hecho de provocar una muerte fácil y sin dolores a un paciente que está próximo a morir por causa de una enfermedad terminal. El mismo paciente puede inducirse la muerte sin el conocimiento ni la cooperación de otras personas. Puede también ser provocada por otros a petición del enfermo o con su consentimiento. En todos estos casos se habla de eutanasia voluntaria. Si se causa la muerte contra la voluntad del paciente o sin su conocimiento, hablamos entonces de eutanasia involuntaria.



    Estos medios con los cuales se causa la muerte pueden coincidir todos en una intervención positiva, por ejemplo, en una sobredosis de píldoras conciliadoras del sueño o en otra clase de medicinas, o una inyección de cloruro de potasio, que causa de inmediato la muerte. A veces se usa el término dar una muerte piadosa para esta clase de intervención. Con todo, lo normal es que se le llame eutanasia positiva, activa, o directa. En cambio se llama eutanasia negativa, pasiva o indirecta a la omisión de un tratamiento eficaz, o sea, al hecho de no prolongar el proceso de morir por medio de máquinas o aparatos que mantienen la vida al paciente, como por ejemplo, el respirador artificial. Las definiciones son útiles pero no hay que darles demasiada importancia ya que ellas no resuelven por sí mismas los problemas morales a que se refieren.



    Queda el problema de sí existe o no diferencia, desde el punto de vista moral, entre la omisión y la realización de un acto. ¿La omisión de un tratamiento puede equivaler al hecho de dar muerte a un paciente? ¿Desconectar el respirador ocasiona directamente la muerte del enfermo? ¿El descuido de poner a un paciente bajo el control de un aparato y dejarlo morir, difiere moralmente de retirarle el aparato? ¿Cuál es aquí la diferencia moral entre acción y omisión, entre omisión e intervención? ¿El paciente o el doctor están obligados a impedir la muerte cuanto sea posible? ¿Y por qué medios? Vamos a examinar todos estos problemas.



    La eutanasia involuntaria, positiva o activa, ¿podrá alguna ve justificarse? Un ejemplo de eutanasia involuntaria positiva fue la orden del tristemente célebre A. Hitler quien estableció la eutanasia eugenésica en octubre de 1939. (Por engaño, tal orden fue predatada con fecha 1 de septiembre de 1939, como si hubiera estado en conexión con el comienzo de la campaña militar contra Polonia) Más de 80 mil pacientes mentales de Alemania y Australia, epilépticos, débiles mentales y personas deformes, fueron ejecutados en cámaras de gas entre 1940 y 1941. En un comienzo la ley se refirió en forma exclusiva a los niños pequeños, pero luego se elevó la edad.



    Otro ejemplo de eutanasia involuntaria activa lo tenemos en Napoleón. En 1779 se dice que pidió a su médico militar aplicar la eutanasia a soldados infectados con enfermedades contagiosas para frenar su expansión.



    En la eutanasia voluntaria positiva no se le impone al paciente la muerte, sino más bien, este se la busca. En el fondo, esta clase de eutanasia es un suicidio o la cooperación con otros que lo comenten. Sin embargo, se trata de una clase especial de suicidio, ya que se comente tan sólo con miras a poner fin a dolores intolerables o una vida "inútil". Este tipo de suicidio fue defendido por algunos filósofos en la antigüedad y practicado en algunos países. Sócrates sostuvo que el hombre era propiedad de los dioses y que sería injusticia destruir esta propiedad. Sin embargo, la necesidad imperiosa de morir, da a entender el permiso de los dioses para poner fin a la propia vida.



    ¿Está permitido omitir o rehusar tratamientos inútiles que ya no curan una enfermedad y que se limitan a...



    Una legislación acerca de la "Muerte Natural", en que se reconoce el derecho a morir de un paciente terminal, bajo condiciones legales cuidadosamente determinadas, Otros 17 Estados se encuentran deliberando sobre la posibilidad de hacer otro tanto para la fecha actual, 1987, prácticamente ya todos los Estados Unidos han legislado en favor de la "Muerte Natural"(. 7he New York Times Febrero 5 de. 1978.)





    El objetivo que se proponen estas leyes es el de defender el derecho del paciente a morir. ¿Sí alcanzan este objetivo? Parece cierto pero sólo en forma limitada. El derecho de¡ paciente se encuentra restringido por el requisito de escribir un documento, que debe ser renovado de tiempo en tiempo de acuerdo con diversas estipulaciones (en California, por ejemplo, cada cinco años) para que conserve su validez. ¿Cuántas personas se van a imponer la molestia de escribir y de renovar tal documento para salvaguardar el derecho natural, que ya poseen sin necesidad de legislación alguna? En California en 1978 se distribuyeron más de 100 mil formularios sobre el Derecho a Morir. Pero de acuerdo con el informe de una Asociación Médica de California tales formularios no se usan con mucha frecuencia. Ya avanzado el año 1977, un sondeo hecho a 112 médicos, que pidieron un total de más de 11 mil copias, reveló que sólo se utilizaron 6720. Todo paciente crítico hospitalizado sin un documento -Esta es mi Voluntad", ajustado a la ley, corre el riesgo de que lo sometan a tratamientos inútiles que prolongan su proceso de morir. Los médicos tratantes, afectados por demandas de "mala práctica•" con seguridad se negarán a no comenzar o a interrumpir un tratamiento innecesario ante la ausencia de un documento legal que los protegiera.



    La preocupación principal de cualquier legislación sobre la Muerte Natural debiera ser afirmar, de manera práctica, el derecho natural de cualquier persona a no ser sometida a tratamientos inútiles. El Estado no nos concede este derecho. Hablando con más propiedad, él debe venir en defensa de tal derecho, ya que lo tenemos en virtud de nuestra propia naturaleza. Richard A. Mac Cormick y André E. Hellegers sugirieron que tal ley debiera especificar la obligación de todo médico a registrar una enfermedad mortal con un personal apropiado del hospital, que tendría el derecho a verificar el asunto. "Un paciente capaz podría entonces exigir por escrito que no se le apliquen tratamientos extraordinarios. En el caso de un paciente que no estuviera en condiciones de hacerlo, por la edad o por las circunstancias, la familia podría redactar un documento semejante con la solicitud. Una vez que se haya escrito esta la legislación podría determinar que el médico tratante no estaría sujeto a demanda civil o penal por omisión o interrupción del tratamiento"

    ( RICHARD A. McCORMICK and ANDRE F- HELLEGERS, "Legislation and the Living WiLL- América , marzo 12,1977. p. 213.)



    El moralista Mc Cormick en un artículo escrito en 1981 suavizó su posición referente a la legislación sobre "Esta es mi Voluntad" porque "un impresionante número de médicos, abogados y legisladores siguen creyendo que la afirmación de una persona no es válida sin el respaldo de la ley". Soy de parecer que las principales objeciones contra la legislación acerca del Derecho a Morir * están todavía en pie. El propósito de tal legislación, afirmar el derecho natural de un paciente terminal a morir en paz, es recomendable y moralmente justa. Con todo, este objetivo no se alcanza con facilidad, porque las leyes exigen un documento legal, una voluntad expresa, antes de que se tome la decisión de no aplicar las técnicas para mantener la vida. Una futura legislación debiera, tener en cuenta esta dificultad de tal suerte que pueda alcanzarse de manera fácil el fin tan laudable de las leyes que defienden el derecho a morir con dignidad. Robert M. Veatch redactó tal proyecto de ley, basado en el derecho natural del paciente terminal a rehusar un tratamiento que pro-

    longue la vida23.



    ¿Es lícito dejar morir a un paciente, incapaz de tomar decisiones, no aplicándole o suspendiéndole un tratamiento inútil?

    Si un paciente terminal, en buenas condiciones mentales, puede lícitamente rehusar un tratamiento inútil, las personas responsables de un paciente inepto mentalmente deben poseer tal derecho. En el caso de menores de edad, la práctica médica reconoce el derecho de los padres, a rehusar un tratamiento inútil. Sin embargo, se ha dado un buen número de casos en los que el hospital ha rechazado la decisión de los padres y. ha recurrido a los jueces para obtener la autorización de un tratamiento. El caso de Karen Ann Quinlan cautivó atención mundial.



    La señorita Quinlan, de 21 años, sufrió un colapso (por sobredosis de una mezcla de drogas y alcohol) y quedó en estado de coma el 15 de abril de 1975. No recuperó su estado de conciencia y fue mantenida en vida mediante un aparato respirador y alimentación intravenosa por muchos meses. Dado que no se veía esperanza de su recuperación, sus padres solicitaron al hospital que retirara el respirador. Rehusada la solicitud por los médicos de la señorita Quinlan, los padres recurrieron al juez y te solicitaron autorización para retirar el respirador. El Juez Muir, Jr.., de la Corte Superior de New Jersey, el 10 de noviembre de 1975 negó

    la solicitud del padre de Karen. Este hizo apelación a la Corte Suprema de New Jersey, la cual el 1 de abril de 1976 falló por unanimidad en el sentido de que podía retirarse el respirador. Se suspendió tal aparato pero Karen continuó respirando por su cuenta sin lograr salir de su estado de coma. Continuó así por largos y penosos años para sus padres (Karen murió finalmente en 1986).



    Surgen dos preguntas con respecto a la eutanasia involuntaria



    1 ra).- ¿Según la moral, es lícito, tratándose de un paciente terminal, mentalmente incapaz, no aplicarle un tratamiento inútil o suspendérselo, retirándole aparatos, o como se suele decir,"desconectándolo?"



    2da). - ¿Quién es la persona autorizada para tomar tal decisión?



    Se sigue de nuestras consideraciones anteriores que es moralmente lícito permitir que todo paciente, en tales condiciones, muera. Contradice a la naturaleza racional aplicar medios inútiles. En un Mensaje de Su Santidad Pío XII, dirigido a un grupo de anestesiólogos el 24 de noviembre de 1957 hizo énfasis en el derecho que asiste a todo ser humano de morir dignamente. Se valió de los términos utilizados entonces de medios ordinarios y extraordinarios, y enseñó con acierto que no existe obligación de usar medios extraordinarios para conservar la vida



    El 5 de mayo de 1980 la Santa Sede promulgó un Documento con el título: Declaración sobre la Eutanasia. Aquí se repite la doctrina tradicional de la Iglesia Católica expuesta por Pío XII y luego la aplica a las condiciones actuales. Allí se afirma:



    "No se puede imponer a nadie la obligación de recurrir a un tipo de tratamiento que, aunque ya esté en uso, todavía no está libre de peligro o es demasiado costoso. Su rechazo no equivale al suicidio; significa más bien o simple aceptación de la condición humana, o deseo de evitar la puesta en práctica de un procedimiento médico desproporcionado a los resultados que se podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer gastos excesivamente pesados a la familia o a la comunidad"



    ¿Quién está autorizado para tomar la decisión de dejar morir a un enfermo terminal sin que se prolongue innecesariamente su proceso de morir? De acuerdo con el orden de la naturaleza, tal derecho corresponde a aquellos que tienen el deber de velar por tal persona. Tales son los miembros de la familia, los padres, cónyuges, hijos y parientes cercanos. Tal derecho no pertenece a las autoridades públicas, ya que los ciudadanos no son propiedad del Estado. De acuerdo con el principio de subsidiaridad las autoridades públicas poseen tal derecho y tal deber sólo cuando no existen miembros o deudos competentes de la familia que ejerciten este derecho.



    El derecho de los padres para suspender un tratamiento en el caso de menores de edad es en general reconocido por las leyes en Norteamérica. Con todo, parece que no existe una política clara con respecto a los adultos, mentalmente incapaces. La Corte Suprema de Massachusetts, en su decisión de¡ 28 de noviembre de 1977, refiriéndose al caso de Joseph Saikewicz afirmó que el Tribunal del Testamento posee dicha autoridad . Un decreto tal, si fuera a ser reconocido en toda ' la Nación (USA) privaría las familias y a aquellos que velan directamente por el enfermo, de su derecho natural a tomar esta decisión. La Corte se affogaría un derecho que no tiene y además estaría en incapacidad de ejercitarlo. Se están presentando a diario tantos casos semejantes que las cortes se van a ver demasiado recargadas. Entretanto todos los pacientes terminales van a estar sujetos a la tortura de verse sometidos a aparatos que les prolonguen la vida indignamente.



    La Corte Suprema de Massachusetts aclaró más adelante que no se requería una orden de la corte para todos los casos. Pero insistió en que, en última instancia, la validez legal de una decisión hecha en nombre de un paciente termina¡ sólo podía ser juzgada por las cortes. Para evitar la necesidad de recurrir a las cortes, la legislación sobre la "Muerte Natural" redactada con esmero, debiera proteger en forma clara el derecho natural de la familia y de todos aquellos que se encargan directamente del moribundo.



    La sentencia que afirma que la eutanasia pasiva o sea el retiro o suspensión de un tratamiento inútil, es moralmente lícita, se ataca desde dos frentes: los defensores de la eutanasia argumentan que la pasiva no difiere de la activa. No cuenta si una persona muere a consecuencia de una inyección mortal o por la desconexión del respirador. En ambos casos se produce la muerte. Si la moral y la ley justifican la eutanasia pasiva, siguen argumentando, entonces se justifica también la eutanasia activa y debiera legalizarse. Algunos opositores de la eutanasia, equiparando de la misma manera las dos clases de eutanasia, sostienen la posición contraria. Dado que no existe diferencia entre la eutanasia activa y la pasiva, ambas son inmorales y ambas deben ser proscritas por la ley. Por tanto, un paciente moribundo debe mantenerse forma indefinida bajo el control de aparatos que le den vida artificial



    Debemos a nuestros hermanos, los seres humanos, el ser sinceros con ellos, en todo momento, pero en especial cuando se están aproximando al fin de su peregrinación terrena. Nosotros mismos no queremos para nosotros nada menos que una sincera compasión en los últimos momentos de nuestra vida.



    En resumen; la Eutanasia se clasifica según:



    • Su finalidad:

    Eutanasia eugénica: por razones de "higiene racial", libera a la sociedad de los enfermos que son una carga.

    Eutanasia piadosa: es la que se practica con el fin de aliviar los dolores y sufrimientos a un enfermo.



    • Sus medios:

    Eutanasia positiva: es aquella en que el agente de manera directa y positiva actúa sobre la persona enferma provocándole la muerte.

    Eutanasia negativa: el agente deja de hacer algo que permite proseguir con la vida del paciente.



    • Sus intenciones:

    Eutanasia directa: cuando en la intención del agente existe el deseo de provocar la muerte directamente del enfermo.

    Eutanasia indirecta: consiste en la muerte no querida en su intención que sobreviene a causa de los efectos secundarios del tratamiento paliativo del dolor.



    • Su voluntariedad:

    Eutanasia voluntaria: es la que solicita el paciente de palabra o por escrito.

    Eutanasia involuntaria: es la que se aplica a los pacientes sin su consentimiento.





    LA EUTANASIA A LO LARGO DE LA HISTORIA



    "Quedan autorizados para disponer cuanto sea necesario, a fin de que los enfermos considerables incurables, a tenor de los conocimientos actuales, se los pueda eliminar físicamente para poner fin a sus sufrimientos." Adolf Hitler



    No solo él ha defendido una postura frente a la eutanasia; miremos las posiciones de diferentes corrientes del pensamiento respecto de este tema:

    Para el Jusnaturalismo, la obligación por cuestión divina de respetar la vida en toda circunstancia, existe una prohibición estricta sustentada en leyes naturales de disponer por cuenta propia de la vida.

    Juan Pablo II, en su encíclica "El Evangelio de la Vida" define la Eutanasia como: "Adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado y poniendo así fin "dulcemente" a la propia vida o a la de otro". Y se considera esto como una "cultura de la muerte" que se ve en las sociedades del bienestar, caracterizadas por una mentalidad eficientista, que va en contra de los ancianos y los más débiles, caracterizadas como algo gravoso e insoportable, aisladas por la familia y la sociedad, según lo cual una vida inhábil no tiene ya valor alguno. Y vuelve a definir la Eutanasia como una "acción o una omisión que por su naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor "situada en la intención y los métodos usados".



    En términos de una teoría utilitarista de los derechos, la eutanasia se nos muestra como una opción más práctica en el caso de que se nos presente una existencia marcada por el dolor y sin posibilidades de felicidad. Desde esta perspectiva, la eutanasia es buena dados los dolores que se le quitan a quien los está sufriendo, se disminuyen los daños a la sociedad y se termina con una "carga" para la familia.



    En la Utopía de Tomás Moro, aparece el concepto médico y moral de la Eutanasia: "...Cuando a estos males incurables se añaden sufrimientos atroces, los magistrados y sacerdotes, se presentan al paciente para exhortarle tratan de hacerle ver que está ya privado de los bienes y funciones vitales...y puesto que la vida es un puro tormento, no debe dudar en aceptar la muerte, no debe dudar en liberarse a sí mismo o permitir que otros le liberen... esto es, la muerte no le apartará de las dulzuras de vida sino del suplicio y se realiza una obra ...piadosa y santa...este tipo de muerte se considera algo honorable" Aquí se ve: una atención esmerada a los enfermos, una enfermedad intolerable, que legitima la muerte voluntaria y la eutanasia en utopía , tiene en cuenta los derechos de la persona: responsabilidad moral, libertad, los sacerdotes son intérpretes de la divinidad.



    Hume, critica la posición eminentemente moralista del suicidio y de paso la eutanasia así: "nuestro horror a la muerte es tan grande que cuando ésta se presenta bajo cualquier otra forma distinta de la que un hombre se había esforzado en reconciliar con su imaginación, adquiere nuevos aspectos aterradores y resulta abrumadora para sus pocas fuerzas. Y cuando las amenazas de la superstición se añaden a esta natural timidez, no es extraño que consigan privar a los hombres de todo poder sobre sus vidas" y va en contra de un determinismo al decir que " si el disponer de la vida humana fuera algo reservado exclusivamente al todopoderoso, y fuese un infringimiento del derecho divino el que los hombres dispusieran de sus propias vidas, tan criminal sería el que un hombre actuara para conservar la vida, como el que decidiese destruirla."



    Finalmente justifica la eutanasia en términos prácticos al decir que : " una vez que se admite que la edad, la enfermedad o la desgracia pueden convertir la vida en una carga y hacer de ella algo peor que la aniquilación. Creo que ningún hombre ha renunciado a la vida si esta mereciera conservarse." Quien se retira de la vida no le produce daño a la sociedad , a lo sumo deja de producirle un bien .





    En términos de Kant, a él no le importa la singularidad, el suicidio es malo, al contrario de Hume, por que viola deberes para conmigo mismo, el respeto por nosotros mismos. Frente a la eutanasia tiene en cuenta es la potencialidad de ese ser humano que se quita la vida, las posibilidades de desarrollo de sus capacidades. La vida no vale por sí misma, sino en función de un proyecto de vida ligado con una libertad y una autonomía, ésta se justifica si permite la base material para una vida digna.







    POSICIONES QUE PRETENDEN JUSTIFICAN LA EUTANASIA...



    Se suelen presentar las siguientes razones en pro de la eutanasia voluntaria positiva:



    1.-La vida de una persona que sufre de una enfermedad terminal ha venido a ser inútil para su familia, para la sociedad y para el mismo paciente. Una persona sana no debe cometer suicidio porque tiene muchos deberes para con su familia, la sociedad y su propio desarrollo. Por el contrario, una persona que sufre de una enfermedad terminal no tiene ya más deberes que cumplir, sencillamente porque se encuentra en incapacidad de hacer algo por sí misma o por los demás. Nadie saca ningún provecho de que su vida continúe, cargada como está con el peso del sufrimiento. Por tanto es razonable afirmar que tal persona se encuentra justificada para poner fina a su propia vida, por su cuenta o con la ayuda de los demás.



    2.-Cuando uno se encuentra ante dos males, tiene que escoger el mal menor. La prolongación de un sufrimiento inútil es un mal mayor que el procurarse una muerte inmediata, que de todas maneras pronto iría a sobrevenir.



    3.-Resulta inhumano e insensato conservar en vida a un paciente terminal cuando él ya no quiere vivir más, y una simple inyección podría poner fin a su lamentable estado, sin dolor.



    4.-Una persona que no cree en Dios puede razonablemente concluir que el hombre es el dueño de su propia vida. En consecuencia, puede decidir libremente poner fin a su propia vida, por su cuenta o con la ayuda de otros, cuando ya no tiene más deberes que cumplir con respecto a su familia y a la sociedad.



    5.-La libertad del hombre para obrar no debe cohibirse a menos que haya razones convincentes de que su libertad entra en conflicto con los derechos de los demás. Ahora bien, no puede demostrarse tal conflicto en el caso del enfermo terminal. Por tanto tal persona tiene el derecho a morir como ella escoja.



    6.-La eutanasia voluntaria positiva es un acto de delicadeza para con la propia familia y para con la sociedad, ya que el enfermo terminal decide no seguir siendo oneroso para ellos prolongando su enfermedad, con los consiguientes costos y todo el trabajo de cuidar a un paciente enfermo de gravedad. Es mejor liberar los escasos recursos médicos y financieros para que se empleen en curar a aquellas personas que pueden llevar una vida útil.



    7.-Los creyentes sostenemos que Dios nos dio la vida. De aquí no se sigue que no podamos intervenir en ella, ya que Dios nos hizo sus admiradores. Es sensato, por tanto, pensar que Dios no quiere que suframos innecesariamente cuando podemos de manera fácil poner fin a nuestra desgracia.





    POSICIONES QUE NO JUSTIFICAN EUTANASIA



    1.- La tradición occidental y la filosofía teísta se han manifestado contra la muerte directa de uno mismo, sea solo, sea con la ayuda de los demás. La razón principal en favor de esta posición es el que Dios pose el dominio directo sobre la vida humana. Somos administradores de nuestra propia vida pero no sus propietarios. Así como no podemos decidir el comienzo de nuestra propia vida, tampoco nos es lícito determinar su final.



    Aunque este argumento es válido con base en una filosofía teísta, quizás no convenza a todo mundo, tal vez ni siquiera a los creyentes. ¿Podría aducirse otra razón?



    2.- A través de toda esta obra hemos venido usando la naturaleza humana racional como el criterio de moralidad. Hemos justificado la intervención en nuestra naturaleza cuando es posible probar que una tal intervención es razonable y sirve para promover nuestra dignidad humana. Preguntémonos ahora: ¿es la eutanasia voluntaria positiva una intervención razonable en nuestra naturaleza? ¿ Constituye dicha eutanasia un factor humanizante o deshumanizante para el individuo implicado y para la sociedad?



    . ¿Qué razón puede aducir una persona a su médico para solicitarle que ponga fin a su vida? Tal razón puede ser la liberación del dolor, ya que el hombre posee un deseo natural de vivir y, precisamente, de vivir sin dolor y sin desgracia. Pero no resulta prudente ni sabio cortar el dolor poniendo fin a la vida. Sería una intervención más razonable tratar de aliviar el dolor más bien que matar al paciente. Por fortuna la medicina moderna es muy eficaz para calmar el dolor. Supuesto que es posible mitigar el dolor, parece ser más digno del hombre hacer esto que administrar al paciente una inyección mortal.



    3.- Cuando hablamos de eutanasia voluntaria se presume que el paciente solicita libremente la muerte. Para evitar cualquier engaño o mala interpretación, la solicitud del enfermo debe obtenerse por escrito y con la firma en presencia de testigos. ¿Se encuentra un paciente, debilitado por una enfermedad terminal, de hecho en capacidad de valorar su propia situación y de hacer una petición con una mente lúcida? ¿Cómo pueden los testigos dar testimonio de que el enfermo hizo la solicitud de su propia muerte con mente sana y recta? Por tanto, existe el problema de la libertad en la toma de decisión ¿Se pueden eliminar las presiones?. La posibilidad de abuso no es imaginaria sino muy real, dados los encontrados intereses financieros y de otros órdenes, de la familia del paciente y de la sociedad.



    4.- Además, debe determinarse el tiempo exacto para la aplicación de la inyección mortal. Esto se parece mucho a una ejecución. La mayoría de los países acabaron con la pena de muerte porque es una forma muy inhumana de castigo. Es cosa cruel anunciara una persona la hora exacta de su muerte.



    ¿Queremos ahora nosotros introducir de nuevo dicha ejecución por medio de la inyección en forma masiva? Como dijimos antes, muchos Estados norteamericanos han aprobado leyes que determinan la ejecución de la pena de muerte por medio de una inyección. Admitiendo que existe una diferencia entre ejecutar a un criminal y 91 dar la muerte a un enfermo, con todo las deshumanizantes y horripilantes circunstancias de la ejecución y de la eutanasia son las mismas.



    1 5.- ¿Además, quién va a aplicar la inyección mortal? ¿Van los médicos a aceptar el papel de administrar la muerte en vez de la curación?'. Para quien va a aplicar la inyección no se requiere que sea médico, ya que el sencillo procedimiento puede ser aprendido por cualquiera, ¿ Va entonces a existir una nueva profesión cuya tarea va a consistir- en dar la muerte, exactamente igual a los ejecutores de la pena de muerte que reciben una paga por su"servicio"



    6.- No faltará quien diga que esta descripción de la eutanasia es exagerada o hasta sarcástica. No pensariamos así. No puede pasarse por alto la realización concreta de la eutanasia. Teniendo en cuenta todas las circunstancias' ,la eutanasia voluntaria positiva es dehumanizante. No es un, "morir con dignidad" La posibilidad de abusos relacionados con la legalización de la eutanasia podría aumentar el temor de los ancianos de que una enfermedad grave es una ocasión que se presenta a la familia o a las autoridades para despacharlos de este mundo. Está mucho más en conformidad con la dignidad humana dejar que la naturaleza siga su curso y aceptar la muerte cuando venga a través de factores que no caen bajo el control humano.



    POSICION DE LA IGLESIA CATOLICA



    Apéndice II



    SAGRADA CONGREGACION PARA LA DOCTRINA DE LA FE



    DECLARACION SOBRE LA EUTANASIA



    INTRODUCCION



    Los derechos y valores inherentes a la persona humana ocupan un puesto importante en la problemática contemporánea. A este respecto, el Concilio Ecuménico Vaticano 11 ha reafirmado solemnemente la dignidad excelente de la persona humana y de modo particular su derecho a la vida. Por ello ha denunciado los crímenes contra la vida, como h
    dios de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia y el mismo suicidio deliberado (Cons. Past. Gaudium et spes, n. 27).

    La S. Congregación para la Doctrina de la Fe, que recientemente ha recordado la doctrina católica acerca del aborto procurado juzga oportuno proponer ahora la enseñanza de la Iglesia sobre el problema de la eutanasia.

    En efecto, aunque continúen siendo siempre válidos los principios enunciados en este terreno por los últimos Pontífices, los progresos de la medicina han hecho aparecer, en los recientes años, nuevos aspectos M problema de la eutanasia que deben ser precisados ulteriormente en su contenido ético.





    En la sociedad actual, en la que no raramente son cuestionados 1os mismos valores fundamentales de la vida humana, la modificación de cultura influye en el modo de considerar el sufrimiento y la muerte; medicina ha aumentado su capacidad de curar y de prolongar la vida en determinadas condiciones que a veces ponen problemas de carácter moral. Por ello los hombres que viven en tal ambiente se interrogan con angustia acerca del significado de la ancianidad prolongada y de muerte, preguntándose consiguientemente si tienen el derecho de procurarse a sí mismos o a sus semejantes la muerte dulce, que serviría para abreviar el dolor y sería, según ellos, más conforme con la dignidad humana.



    Diversas Conferencias Episcopales han preguntando al respecto esta S. Congregación para la Doctrina de la Fe, la cual, tras haber pedido el parecer de personas expertas acerca de los varios aspectos de eutanasia, quiere responder con esta Declaración a las peticiones de k obispos, para ayudarles a orientar rectamente a los fieles y ofrecerles elementos de reflexión que puedan presentar a las autoridades civiles propósito de este gravísimo problema.



    La materia propuesta en este documento concierne ante todo a k que ponen su fe y esperanza en Cristo, el cual mediante su vida, muerte resurrección ha dado un nuevo significado a la existencia y sobre todo la muerte del cristiano, según las palabras de San Pablo: pues si vivimos para el Señor vivimos; y si morimos, morimos para el Señor. En fin, se que vivamos, sea que muramos, del Señor somos (Rom. 14, 8; Fil 1, 20).



    Por lo que se refiere a quienes profesan otras religiones, mucho admitirán con nosotros que la fe - si la condividen - en un Dios creador Providente y Señor de la vida confiere un valor eminente a toda persona humana y garantiza su respeto.



    Confiamos, sin embargo, en que esta Declaración recogerá el consenso de tantos hombres de buena voluntad los cuales, por encima do diferencias filosóficas o ideológicas, tienen una viva conciencia de la derechos de la persona humana. Tales derechos, por lo demás, han sido proclamados frecuentemente en el curso de los últimos años en declaraciones de Congresos Internacionales (a); y tratándose de derechos fundamentales de cada persona humana, es evidente que no se puede recurrir 2 argumentos sacados del pluralismo político o de la libertad religiosa para negarles valor universal.



    . (a)Recuérdese en particular la recomendación 779 (1976). referentes a los derechos de los enfermos y de los moribundos de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa en su XXVII sesión ordinaria. CL SIPECA. 1977, pp. 14-.



    VALOR DE LA VIDA HUMANA



    La vida humana es el fundamento de todos los bienes, la fuente y condición necesaria de toda actividad humana y de toda convivencia social. Si la mayor parte de los hombres creen que la vida tiene un carácter sacro y que nadie puede disponer de ella a capricho, los creyentes ven a la vez en ella un don del amor de Dios, que son llamados a conservar y hacer fructificar. De esta última consideración brotan las siguientes consecuencias:



    1. Nadie puede atentar contra la vida de un hombre inocente sin oponerse al amor de Dios hacia él, sin violar un derecho fundamental, irrenunciable e inalienable, sin cometer, por ello, un crimen de extrema gravedad.(b)



    2. Todo hombre tiene el deber de conformar su vida con el designio de Dios. Esta le ha sido encomendada como un bien que debe dar sus frutos ya aquí en la tierra, pero que encuentra su plena perfección solamente en la vida eterna.



    3. La muerte voluntaria o sea el suicidio es, por consiguiente, tan inaceptable como el homicidio; semejante acción constituye en efecto, por parte del hombre, el rechazo de la soberanía de Dios y de su designio de amor. Además, el suicidio es a menudo un rechazo del amor hacia sí mismo, una negación de la natural aspiración a la vida, una renuncia frente a los deberes de justicia y caridad hacia el prójimo, hacia las diversas comunidades y hacia la sociedad entera, aunque a veces intervengan, como se sabe, factores psicológicos que, pueden atenuar o incluso quitar la responsabilidad.



    Se deberá, sin embargo, distinguir bien del suicidio aquel sacrificio con el que, por una causa superior -como la gloria de Dios, la salvación de las almas o el servicio a los hermanos - se ofrece o se pone en peligro la propia vida.



    LA EUTANASIA



    Para tratar de manera adecuada el problema de la eutanasia, conviene ante todo precisar el vocabulario.



    .(b). Se dejan completamente de lado las cuestiones de la pena de muerte y de la guerra que exigirían consideraciones especificas, ajenas al tema de esta Declaración.

    Etimológicamente la palabra eutanasia significaba en la antigüedad una muerte dulce sin sufrimientos atroces. Hoy no nos referimos tanto al significado original de¡ término, cuanto más bien a la intervención de la medicina encaminada a atenuar los dolores de la enfermedad y de la agonía, a veces incluso con el riesgo de suprimir prematuramente la vida.



    Además el término es usado, en sentido más estricto, con el significado de causar la muerte por piedad, con el fin de eliminar radicalmente los últimos sufrimientos o de evitar a los niños subnormales, a los enfermos mentales o a los incurables i la prolongación de una vida desdichada,

    quizás por muchos años que podría imponer cargas demasiado pesadas a las familias o a la sociedad.



    Es pues necesario decir claramente en qué sentido se toma el término en este documento.



    Por eutanasia se entiende una acción o una omisión que por su naturaleza, o en la intención, causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor. La eutanasia se sitúa pues en el nivel de las intenciones o de los métodos usados.



    Ahora bien, es necesario reafirmar con toda firmeza que nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie además puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad, ni puede consentirlo explícita o implícitamente. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo ni permitirlo. Se trata en efecto de una violación de la ley divina, de una ofensa a la dignidad de la persona humana, de un crimen contra la vida, de un atentado contra la humanidad.



    Podría también verificarse que el dolor prolongado e insoportable, razones de tipo afectivo u otros motivos diversos, induzcan a alguien a pensar que puede legítimamente pedir la muerte o procurarla k otros. Aunque en casos de ese género la responsabilidad personal pueda estar disminuida o incluso no existir, sin embargo el error de juicio de la conciencia -aunque fuera incluso de buena fe - no modifica la naturaleza de¡ acto homicida, que en sí sigue siendo siempre inadmisible. Las súplicas de los enfermos muy graves que alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas como expresión de una verdadera voluntad de eutanasia; estas en efecto son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto. Además de los cuidados médicos, lo que necesita el enfermo es el amor, el calor humano y sobrenatural, con el que pueden y deben rodearlo todos aquellos que están cercanos, padres e hijos, médicos y enfermeros.

    EL CRISTIANO ANTE EL SUFRIMIENTO Y EL USO DE LOS ANALGESICOS



    La muerte no sobreviene siempre en condiciones dramáticas, al final de sufrimientos insoportables. No debe pensarse únicamente en los casos extremos. Numerosos testimonios concordes hacen pensar que la misma naturaleza facilita en el momento de la muerte una separación que sería terriblemente dolorosa para un hombre en plena salud. Por lo cual una enfermedad prolongada, una ancianidad avanzada, una situación de soledad y de abandono, pueden determinar tales condiciones psicológicas que faciliten la aceptación de la muerte.



    Sin embargo se debe reconocer que la muerte precedida o acompañada a menudo de sufrimientos atroces y prolongados es un acontecimiento que naturalmente angustia el corazón del. hombre.



    El dolor físico es ciertamente un elemento inevitable de la condición humana; a nivel biológico, constituye un signo cuya utilidad es innegable; pero puesto que atañe a la vida psicológica de¡ hombre, a menudo supera su utilidad biológica y por ello puede asumir una dimensión tal que suscite el deseo de eliminarlo a cualquier precio.



    Sin embargo, según la doctrina cristiana, el dolor, sobre todo el de los últimos momentos de la vida, asume un significado particular en el plan salvífico de Dios; en efecto, es una participación en la Pasión de Cristo y una unión con el sacrificio redentor que El ha ofrecido en obediencia a la voluntad del Padre. No debe pues maravillar si algunos cristianos desean moderar el uso de los analgésicos, para aceptar voluntariamente al menos una parte de sus sufrimientos y asociarse así de modo consciente a los sufrimientos de Cristo crucificado (ef Mi 27, 34). No sería sin embargo prudente imponer como norma general un comportamiento heroico determinado. Al contrario, la prudencia humana y cristiana sugiere para la mayor parte de los enfermos el uso de las medicinas que sean adecuadas para aliviar o suprimir el dolor, aunque de ello se deriven, como efectos secundarios, entorpecimiento o menor lucidez. En cuanto a las personas que no están en condiciones de expresarse, se podrá razonablemente presumir que desean tomar tales calmantes y suministrárseles según los consejos del médico.



    Pero el uso intensivo de analgésicos no está exento de dificultades, ya que el fenómeno de acostumbrarse a ellos obliga generalmente a aumentar la dosis para mantener su eficacia. Es conveniente recordar una declaración de Pío XII que conserva aún toda su validez. Un grupo de médicos le había planteado esta pregunta: ¿La supresión de¡ dolor y de la conciencia por medio de narcóticos--- está permitida al médico y al



    paciente por la religión y la moral (incluso cuando la muerte se aproxima o cuando se prevé que el uso de narcóticos abreviará la vida)?. El Papa respondió: Si no hay otros medios y si, en tales circunstancias, ello no impide el cumplimiento de otros deberes religiosos y morales: Sí. En este caso, en efecto, está claro que la muerte no es querida o buscada de ningún modo, por más que se corra el riesgo por una causa razonable: simplemente se intenta mitigar el dolor de manera eficaz, usando a tal fin los analgésicos a disposición de la medicina.



    Los analgésicos que producen la pérdida de la conciencia en los enfermos, merecen en cambio una consideración particular. Es sumamente importante, en efecto, que los hombres no sólo puedan satisfacer sus deberes morales y sus obligaciones familiares, sino también y sobre todo que puedan prepararse con plena conciencia al encuentro con Cristo. Por esto, Pío XII advierte que no es lícito privar al moribundo de la conciencia propia sin grave motivo.



    EL USO PROPORCIONADO DE LOS MEDIOS TERAPÉUTICOS



    Es muy importante hoy día proteger, en el momento de la muerte, la dignidad de la persona humana y la concepción cristiana de la vida contra un tecnicismo que corre el riesgo de hacerse abusivo. De hecho algunos hablan de derecho a morir expresión que no designa el derecho de procurarse o hacerse procurar la muerte como se quiere, sino el derecho de morir con toda serenidad, con dignidad humana y cristiana. Desde este punto de vista, el uso de los medios terapéuticos puede plantear a veces algunos problemas.



    En muchos casos, la complejidad de las situaciones puede ser tal que haga surgir dudas sobre el modo de aplicar los principios de la moral. Tomar decisiones corresponderá en último análisis a la conciencia M enfermo o de las personas cualificadas para hablar en su nombre, o incluso de los médicos, a la luz de las obligaciones morales y de los distintos aspectos M caso.



    Cada uno tiene el deber de curarse y de hacerse curar. Los que tienen a su cuidado los enfermos deben prestarles su servicio con toda diligencia y suministrarles los remedios que consideren necesarios o útiles.



    ¿Pero se deberá recurrir, en todas las circunstancias, a toda clase de remedios posibles?



    Hasta ahora los moralistas respondían que no se está obligado nunca al uso de los medios extraordinarios. Hoy en cambio, tal respuesta, siempre válida en principio, puede parecer tal vez menos clara tanto por la imprecisión M término como por los rápidos progresos de la terapia. Debido a esto, algunos prefieren hablar de medios proporcionados y desproporcionados. En cada caso, se podrán valorar bien los medios poniendo en comparación el tipo de terapia, el grado de dificultad y de riesgo que comporta, los gastos necesarios y las posibilidades de aplicación con el resultado que se puede esperar de todo ello, teniendo en cuenta las condiciones del enfermo y sus fuerzas físicas y morales.



    Para facilitar la aplicación de estos principios generales se pueden añadir las siguientes puntualizaciones:



    - A falta de otros remedios, es lícito recurrir, con el consentimiento de¡ enfermo, a los medios puestos a disposición por la medicina más avanzada, aunque estén todavía en fase experimenta¡ y no estén libres de todo riesgo. Aceptándolos, el enfermo podrá dar así ejemplo de generosidad para el bien de la humanidad.



    - Es también lícito interrumpir la aplicación de tales medios, cuando les resultados defraudan las esperanzas puestas en ellos. Pero, al tomar una tal decisión, deberá tenerse en cuenta el justo deseo M enfermo y de sus familiares, así como el parecer de médicos verdaderamente competentes; estos podrán sin duda juzgar mejor que otra persona si el empleo de instrumentos y personal es desproporcionado a los resultados previsibles, y si las técnicas empleadas imponen al paciente sufrimientos y molestias mayores que los beneficios que se pueden obtener de los mismos.



    Es siempre lícito contentarse con los medios normales que la medicina puede ofrecer. No se puede, por lo tanto, imponer a nadie la obligación de recurrir a un tipo de cura que, aunque ya esté en uso, todavía no está libre de peligro o es demasiado costosa. Su rechazo no equivale al suicidio: significa más bien o simple aceptación de la condición humana, o deseo de evitar la puesta en práctica de un dispositivo médico desproporcionado a los resultados que se podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer gastos excesivamente pesados a la familia o la colectividad.



    - Ante la inminencia de una muerte inevitable, a pesar de los medios empleados, es lícito en conciencia tomar la decisión de renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir sin embargo las curas normales debidas al enfermo en casos similares. Por esto, el médico no tiene motivo de angustia, como si no hubiera prestado asistencia a una persona en peligro.



    CONCLUSION



    Las normas contenidas en la presente Declaración están inspiradas por un profundo deseo de servir al hombre según el designio del Creador.

    Si por una parte la vida es un don de Dios, por otra la muerte es ineludible es necesario, por lo tanto, que nosotros, sin prevenir en modo alguno la hora de la muerte, sepamos aceptarla con plena conciencia de nuestra responsabilidad y con toda dignidad. Es verdad, en efecto, que la muerte pone fin a nuestra existencia terrenal, pero, al mismo tiempo, abre camino a la vida inmortal. Por eso, todos los hombres deben prepara para este acontecimiento a la luz de los valores humanos, y los cristianos más aún a la luz de su fe.



    Los que se dedican al cuidado de la salud pública no omitan nada fin de poner al servicio de los enfermos y moribundos toda su competencia; y acuérdense también de prestarles el consuelo todavía más necesario de una inmensa bondad y de una caridad ardiente. Tal servio prestado a los hombres es también un servicio prestado al mismo Señor que ha dicho: ... Cuantas veces hicisteis eso a uno de estos mis hermanos menores, a mí me lo hicisteis (Mi 25,40)



    El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en el transcurso de una Audiencia concedida al infrascripto Cardenal Prefecto, ha aprobado esta Declaración, decidida en reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y ha ordenado su publicación.



    Roma, desde la Sede de la Sagrada Congregación para la Doctrir de: la Fe, 5 de mayo de 1980.





    Posición de la Iglesia en Argentina:





    A) Muerte digna en Diputados

    Cautela de la Iglesia ante la iniciativa

    Curas y médicos católicos no rechazan el proyecto parlamentario, pero tienen algunas objeciones.





    La Iglesia mira con prudencia el proyecto de ley sobre la llamada

    "muerte digna", según la cual un enfermo terminal puede decidir que se le suspenda el tratamiento que lo mantiene con vida. Fuentes

    eclesiásticas encuentran positivo el hecho de acabar con lo que

    algunos denominan "encarnizamiento terapéutico"; es decir, mantener al pa ciente con vida a través de tratamientos excesivamente dolorosos y prolongados.

    "Hay que proteger al enfermo de los excesivos cuidados del sistema

    sanitario", señaló monseñor Héctor Aguer, obispo auxiliar de Buenos Aires, al ser consultado por La Nación.





    Muerte digna y eutanasia



    Asimismo, obispos y sacerdotes coinciden en señalar la diferencia

    esencial entre la muerte digna y la eutanasia, un sistema rechazado

    en casi todas las legislaciones del mundo y contra el cual la

    Iglesia sostiene, desde el Papa hasta el más remoto párroco, su

    firme oposición.

    En la eutanasia, el destino del enfermo no está en sus propias

    manos, sino en las del médico, quien se encarga de subir o bajar su

    pulgar y decidir así la continuidad de la vida del paciente,

    recordaron allegados a la Iglesia.

    Aunque la Iglesia mira con buenos ojos la muerte digna, Aguer objeta el hecho de que el proyecto de ley estipule que sólo el enfermo

    pueda decidir su deseo de interrumpir el tratamiento, y que no se

    admita la opinión de su familia. "Creo que no se le puede pedir a un paciente terminal que evalúe con claridad y estabilidad afectiva la

    decisión de discontinuar el tratamiento", aseguró.





    Los médicos católicos asienten



    El profesor Rubén Revello, master en bioética por la Universidad del Sacro Coure, de Milán, y perito de la Conferencia Episcopal, se

    manifestó conforme con la intervención de un juez en el caso de una persona incapaz. Además, dijo que le parece cruel que el médico esté obligado a comunicarle al paciente que tiene una enfermedad terminal, según establece el dictamen por mayoría de los legisladores.







    El dolor visto por los especialistas



    Comité de bioética: profesionales de distintas disciplinas se

    esfuerzan por curar el dolor espiritual de los enfermos.

    "Es fundamental que se empiece a tener en cuenta que el ser humano tiene que vivir dignamente hasta su última hora", asegura Ignacio

    Maglio, abogado miembro del Comité de Bioética del Hospital Muñiz.

    Un sacerdote, un abogado, médicos y enfermeros conforman ese comité interdisciplinario que se encarga de brindar cuidados paliativos a

    los enfermos terminales. Su función es justamente que los pacientes

    vivan su agonía de la mejor forma posible.

    A pesar de ver con aprobación que se permita al enfermo terminal

    decidir si continúa o no con los tratamientos que puedan causarle

    dolor, Maglio remarca que es fundamental acompañar al paciente,

    cuidarlo más allá de que no se lo pueda curar.

    "El dolor espiritual es mucho más insoportable que el físico. Muchos

    mueren infelices y abandonados; eso es lo que hay que tratar de

    evitar", comentó.





    Morir con angustia



    En un establecimiento como el Muñiz, donde se internan la mayor

    parte de los enfermos de Sida, los médicos deben enfrentarse con

    situaciones críticas a diario.

    Adriana Basombrío, médica infectóloga, afirma que la angustia es la

    sensación que invade a la mayoría de los pacientes que ve morir.

    "Cada vez que pasa una cosa así, es señal de que estamos haciendo

    algo mal", dice.

    Las actitudes del enfermo terminal en el momento más crítico pueden ser muy distintas: "Algunos saben que la muerte es inminente, pero

    no se rinden, otros dicen que no quieren sufrir más, que los ayudes

    a morir", dice Basombrío.

    En tanto, Olga Camargo, enfermera de la sala de Inmunodeprimidos, asegura que hay momentos en que el profesional se queda sin palabras. "Cuando el que se da cuenta que no se va a salvar, con

    todo su dolor, te toma de la mano y te ruega que lo dejes morir, es

    algo horrible, una de la cosas que más me cuesta asumir".

    Cuando se habla de muerte digna se cae muchas veces en el error de confundirla con la eutanasia. Maglio remarca que hay grandes

    diferencias entre una y otra. "La muerte digna apunta a controlar el dolor físico y espiritual del enfermo y lograr que termine sus días de la forma más pacífica posible.

    "En cambio, si se habla de provocar la muerte, nos acercamos a lo

    que es la eutanasia. Por eso, es importante que se respete la

    autonomía de los pacientes, pero no tiene que ser total. Si no

    caeríamos en el suicidio asistido del doctor Kervorkian", afirmó.

    Según Maglio, lo que debe definir la ley es aquello que se entiende

    por dignidad. Una definición adecuada tendría que abarcar, desde su punto de vista, tres cosas: eliminar el dolor físico, espiritual y

    social; ayudar al paciente a relacionarse con su entorno; y

    posibilitar que tome decisiones adecuadas desde su propio ser.

    "La forma de lograrlo es mediante el fomento de los cuidados

    paliativos. Deberían formarse equipos que puedan atender a los

    enfermos en sus casas y permitir que los familiares puedan tomar

    licencias en sus trabajos para cuidarlos, así los últimos días serán

    realmente dignas", señaló.

    Martín Rodríguez Yebra







    Controversia entre los especialistas



    Opiniones: distintas reacciones provocó entre los médicos

    consultados el proyecto sobre muerte digna.

    Especialistas en diversas áreas fueron consultados por La Nación

    acerca del proyecto de ley sobre muerte digna, el cual aboga por el

    derecho de cualquier enfermo terminal a decidir la suspensión del

    tratamiento médico para evitar el ensañamiento terapéutico.

    "Dios es el único que puede disponer sobre la vida y la muerte. El

    hombre no puede quebrar el orden de los ciclos naturales", dijo la

    licenciada en psicología Eloísa Abello, especialista en pacientes

    terminales.

    Además, señaló la importancia de hablar sobre la muerte, que deje de ser un tabú en la sociedad. "La muerte es parte de la vida y es una

    decisión interna no externa; por lo tanto, esta ley no aumentaría

    los casos de personas que quieren poner fin a su existencia",

    consideró la licenciada.

    Uno de los interrogantes que plantea el proyecto es cómo

    compatibilizar el juramento médico, por el cual todo profesional de

    la salud está obligado a prestar asistencia al enfermo hasta último

    momento, con el derecho del paciente -que protege esta ley- de

    interrumpir el tratamiento.

    "Toda persona tiene derecho a una vida y a una muerte digna, pero el médico tiene un juramento por el cual debe asistir al enfermo. Creo

    que no se puede legislar sobre un tema tan delicado que se enmarca en la libertad de conciencia entre el paciente y su médico",

    respondió el doctor Manuel Luis Martí, miembro del Comité de Ética del Hospital de Clínicas.

    Asimismo, destacó: "El pofesional debe encontrar un equilibrio entre el ensañamiento terapéutico, que sería una asistencia en exceso, y

    la eutanasia que sería por defecto.



    Para el doctor Jorge Mazzinghi, especialista en derecho de familia,

    "es legítimo que una persona decida no someterse al ensañamiento

    terapéutico, pero hay que diferenciar bien entre esto y la

    interrupción artificial de la vida".

    En el caso de enfermos incapaces de decidir, el proyecto prevé que

    un juez asuma la representación legal. Al respecto, Mazzinghi opinó

    que la intervención judicial en cuestiones tan íntimas como la

    interrupción del tratamiento médico en enfermos terminales es

    peligrosa porque supone la intromisión en la intimidad de la

    persona. Además, el doctor Mazzinghi indicó que antes que decidir un juez debiera hacerlo la familia del enfermo terminal.

    El proyecto en su artículo tercero prevé la intervención de un

    psiquiatra de un establecimiento oficial para estimar que la

    decisión de interrumpir el tratamiento fue tomada en forma libre por

    el enfermo. Para el psiquiatra y psicoterapeuta Daniel Coifman "el

    ser humano tiene la capacidad para tomar la decisión de interrumpir su tratamiento y morir de una forma digna; si alguien va a morir sufre menos al poder tomar decisiones y no sentirse víctima de un

    sistema que no le permite elegir".



































    POSICION DEL ESTADO



    Antes que puntos claros , o conclusiones, respecto al tema, lo que tenemos es una innumerable lista de aspectos sin resolver que, creemos, deben tenerse en cuenta, aunque de por sí, de acuerdo con la definición dada más atrás, se podría aprobar o reglamentar este derecho. Aunque de por sí, en un país como el nuestro, podría ser causa más de perjuicios que de beneficios, dado que no están dadas las condiciones de conciencia, de legislación, y de cubrimiento necesarias para que se pueda tener de alguna manera en cuenta.



    Si se aprobara la Eutanasia por parte de un Estado, se deberían tener en cuenta aspectos como los siguientes:



    1.El testamento en Vida (o testamento vital) : Un testamento vital es un documento en el que el interesado expresa sus voluntad sobre las atenciones médicas que desea recibir caso de padecer una enfermedad irreversible o terminal que le haya llevado a un estado que le impida expresarse por sí mismo. Puede realizar su propio testamento vital personalizado, con las indicaciones y razonamientos que considere pertinentes. De este tipo de documentos existen muy variadas versiones, existen fundaciones en muchos países que asesoran a cualquier persona sobre este aspecto, de acuerdo con las leyes vigentes en cada país. Los argumentos que podrían estar a favor de ello pueden ser: El promedio de esperanza de vida ha aumentado enormemente en los países más prósperos. (y aún en países menos prósperos, como el nuestro) Ello nos beneficia mientras gozamos de un buen estado de salud. Pero los avances médicos, que han supuesto una gran mejora para la salud, pueden servir también para alargar el proceso de la muerte. En teoría, se necesita nuestro consentimiento para que se nos administre un tratamiento, pero la mayoría de la gente acepta automáticamente lo que el médico le suministra. Hay quien pasa meses, incluso años, con una calidad de vida tan pobre que llega a desear vehementemente morir. Lo que la mayoría de la gente desea En todos aquellos lugares en que se han realizado encuestas, la mayoría de la gente piensa que se debería permitir que los médicos pudiesen ayudar a morir a un paciente incurable si el paciente lo solicita . En la mayoría de los países en los que un médico lleva a cabo esta ayuda puede acusársele de homicidio, en Colombia, se llama homicidio por piedad y tiene cárcel de 6 meses a tres años. (Ley 2241 art. 3261. Código. Penal Colombiano) 2.Se debería tener en cuenta el derecho a la intimidad, como lo consagra el artículo 15 de la Constitución de 1991. Y a la hora de legislar sobre la Eutanasia, habría de considerarse este derecho relacionado. 3.Tener en cuenta, el derecho a la libre disposición del cuerpo, como lo reconoce el derecho consuetudinario y reconocerle, así mismo, la posibilidad de la autonomía sobre su vida al ser humano. 4.Deben tenerse en cuenta o aplicarse los mismos principios a un paciente mentalmente capacitado que a otro afectado de muerte cerebral, en estado vegetativo persistente, o en estado grave e irreversible de demencia? Esto por que podría caerse a través de esto en una "eutanasia social" donde los desechables pueden ser eliminados muy suavemente, sin condenas morales y desconociéndoles de alguna manera sus más elementales derechos. 5.La aplicación continuada de medios extraordinarios para alargar la vida (o la agonía?) es una violación de los derechos constitucionales del paciente (o quien lo represente) sería ir contra la dignidad de la persona y contra su intimidad. 6.Si se hablase de pacientes mentalmente incapacitados para tomar una decisión de este tipo, ésta debe apoyarse en el principio de subrogación para proteger los derechos de autodeterminación y el bienestar del afectado directamente. Sin embargo, aquí podría caerse en el horroroso camino de decidir quien y como vive alguien al poder plantear la ley que si una persona no puede volver a tener una existencia "normal" consciente, íntegra y útil (en los mejores términos del utilitarismo) , significaría que sólo una vida "normal, íntegra y útil" es digna de protección legal. Serían los riesgos de las personas de determinada edad, o los llamados desechables. Más aún la pérdida de confianza en el médico o personal de la salud. A esto se contrapone que el simple hecho de que las funciones del paciente sean limitadas o que el pronóstico médico sea negativo, no implica que pueda disfrutar de lo que le queda de vida, ni que todos tengamos que ser homogéneos. 7.Se debe tener en cuenta el interés del paciente, cuando éste no haya decidido algo en condiciones de vida normales anteriores, en el interés del paciente, se hallarían implícitos aspectos como la calidad de la vida y la edad. 8.Sería aconsejable que los hospitales tuviesen comisiones éticas a la hora de tener que tomar decisiones de ésta índole, para aconsejar a los pacientes, si se puede, a los familiares y a los médicos y puedan establecer directrices hospitalarias sobre el trato a los moribundos. Idealmente, sería aconsejable que estas comisiones fueran interdisciplinarias, con médicos, abogados, psicólogos, enfermeras y sacerdotes entre otros. 9.Al prolongarse inútilmente la agonía de una persona, se pone a la familia en situaciones que podrían llamarse inhumanas, se pueden destacar, en el país, los costos de tener una persona en unidad de cuidados intensivos, que fácilmente ascienden a $1.500.000.oo diarios, costos que difícilmente pueden sufragar familias de escasos recursos, (que entre otras, son el 60 % de la población colombiana, según datos optimistas) estos gastos, dan, por lo general, al traste con la economía familiar, no son difíciles de encontrar situaciones en las que la familia queda en la ruina por destinar todos los recursos disponibles en la atención de quien irremediablemente iba a morir. Definitivamente, en este país enfermarse es un lujo costoso. 10.El ejemplo anterior lo que nos muestra es una realidad tangible en nuestro país, donde la práctica de la medicina se ha deshumanizado como producto de una sociedad de economía capitalista salvaje, donde, prima el capital sobre la vida. 11.En muchos casos se alude que mantener una persona "que de todas formas se iba a morir" supondría una carga social y económica para la sociedad mantener con vida a esos seres tan deficientes. Hemos considerado que así como se dedican grandes presupuestos para la guerra interna en el país, se deben dedicar mínimos recursos para atender a estos desafortunados y darles un resto de vida digna o un camino hacia la muerte más digno. Pero que sea el estado quien atienda estas necesidades. 12.Si se legisla sobre la eutanasia (cosa no fácil de lograr), ésta legislación debe ser lo suficientemente amplia y clara para que quepa la posibilidad de que cada caso (por ejemplo el de la persona que padece una enfermedad incurable, dolorosa e irreversible; o el del cuadripléjico lucido a quien ya no le importa vivir) presenta sus propias y peculiares dificultades. Por otro lado, el estado "debe alentar a los individuos para que tomen decisiones con respecto a su futuro por sí mismos y de la mejor manera que puedan" (para que éstos decidan sobre su futuro autónomamente).



    Posición de la legislatura Argentina: (ver punto A)



    Derecho a morir: no hubo consenso

    Diputados: las divergencias sobre el proyecto llevaron a la

    Cámara alta a devolver el proyecto a la comisión respectiva.





    Un nuevo tropiezo tuvo en la Cámara de Diputados el proyecto de ley del régimen de los derechos de los enfermos terminales de interrumpir toda asistencia médica que signifique padecimiento, conocido como "muerte digna".

    La iniciativa ya había tenido dos postergaciones en su definición.

    Hace 15 días, cuando el cuerpo no consiguió quórum para sesionar oner que el proyecto vuelva a la comisión respectiva para

    reanalizarlo. Y así ocurrió.



    Se frustró ayer la media sanción de muerte digna



    A comisión: la diputada Zuccardi (Frepaso) impulsó el regreso; el

    proyecto fue criticado de innecesario, peligroso y confuso; será

    reformulado.

    La Cámara de Diputados no pudo dar ayer media sanción al proyecto de ley del régimen de los derechos de los enfermos terminales, más

    conocido como "muerte digna". Inesperadamente, la mayoría de los

    legisladores modificó su postura favorable a la iniciativa, de la

    semana última, y el cuerpo votó la vuelta a comisión de la

    propuesta.

    Las divergencias surgieron dentro mismo de las bancadas

    legislativas. Cristina Zuccardi de Flammarique (Frepaso-Mendoza)

    resultó la impulsora del regreso del proyecto a la Comisión de

    Salud.

    A lo largo de la discusión, su moción fue logrando el respaldo de

    otros pares como Antonio Erman González (PJ-Capital), Elisa Carrió (UCR-Chaco), Víctor Peláez (UCR-Neuquén), José David Ruiz Palacios (Acción Chaqueña), Rafael Bulacio (Fuerza Republicana-Tucumán), María Cristina Guzmán (Popular Jujeña), Nicolás Garay

    (Liberal-Corrientes), Juan Pablo Cafiero (Frepaso-Buenos Aires) y

    Juan Carlos Olima (PAIS-Capital), entre otros.

    El proyecto fue impulsado por los justicialistas Carlos Raúl Alvarez

    (Buenos Aires) y José Manuel Corchuelo Blasco (Chubut). Si bien la UCR presentó un dictamen de minoría -votarían favorablemente en

    general- varios radicales terminaron rechazando totalmente la

    propuesta.

    En el PJ, Erman González torció varias voluntades.

    La iniciativa establece que toda persona que padezca una enfermedad irreversible, incurable o terminal, o haya sufrido un accidente que la coloque en esa situación, informada fehacientemente, podrá oponerse a los tratamientos clínicos y quirúrgicos cuando ellos sean extraordinarios o desproporcionados y produzcan dolor o sufrimiento. Para esta conflictiva decisión, se fija un conjunto de requisitos, entre los cuales sobresale la plena capacidad mental del paciente para decidir, aunque se habilita a terceros para autorizar la interrupción de los tratamientos. La iniciativa prohibe expresamente, además, el ejercicio de la eutanasia. Durante el debate, el dictámen de mayoría tuvo el apoyo de las peronistas Silvia Martínez (Buenos Aires) y Gioconda Perrini (Tucumán) y del radical José Gabriel Dumon (Buenos Aires). Las principales objeciones al proyecto fueron las siguientes:

    La ley es innecesaria, porque ese derecho del paciente está legislado en el artículo 19, inciso 3, de la ley 17.132, del ejercicio de la medicina, y está previsto en la Constitución Nacional.

    Es peligrosa, en virtud de los sistemas de medicina capitada (PAMI y obras sociales) obtienen ganancias pecuniarias con el no uso de los servicios. Se podría encubrir e inducir, por lo tanto, a que aquellos con menos recursos deban tomar decisiones sobre su muerte en relación a los costos de los sistemas de salud. Es confusa, por cuanto, según coincidieron los legisladores disidentes, se presta a dobles interpretaciones.

    Mientras Rodolfo Gazia (PJ-La Pampa) y Marcelo Stubrin (UCR-Capital) confiaron al cronista del diario La Nación su intención de "darle otra ronda de consultas" a la muerte digna, en el recinto Cristina Zuccardi negociaba la vuelta a comisión de la iniciativa con Corchuelo Blasco y con el jefe del bloque de la UCR, Federico Storani. En un clima de fracaso del proyecto, Corchuelo Blasco admitió que era preferible

    "no someterlo al riesgo". Storani y su correligionaria María del Carmen Banzas de Moreau (Buenos Aires) aprobaron el pase a comisión. En tanto, Alberto Natale (Demoprogresista-Santa Fe) entreveía jocosamente una "digna muerte para la muerte digna".

    La frepasista Cristina Zucardi bregó desde el comienzo por el "pase a comisión de una ley innecesaria, porque los derechos de los pacientes ya está legislado; se pretende, en realidad, proteger a los médicos de su responsabilidad".

    Erman González (PJ) propuso "que en vez de legislar para facilitar la muerte, el Congreso legisle para una vida digna". Para Peláez (UCR), "no existen las muertes dignas o indignas, aunque estas son más bien las del PAMI y por falta de atención adecuada".

    Por su parte, Ruiz Palacios (Acción Chaqueña) criticó "la intención de legislar sobre aspectos que hacen a la intimidad misma, como la dignidad y la muerte". La radical Carrió dijo que "para determinados estamentos sociales y culturales esto ya está legislado, pero a los pobres se los puede inducir a decidir su muerte por una cuestión de" costos". Según Bulacio, se trataba también de una norma "innecesaria", en tanto que Cafiero (Frepaso) sostuvo que "se habilitará una forma de eutanasia que afectará a sectores de menores recursos.



    OPINIONES EN OTROS PAISES



    Nunca el derecho a morir, por muy controvertido que sea, puede convertirse en el deber de morir. Siempre es mejor intentar eliminar el sufrimiento humano que eliminar al ser humano que sufre. Recurrir a los cuidados paliativos sobre enfermos terminales, aseguran una muerte digna para el ser humano.

    Una vez que los médicos renuncian al juramento Hipocrático, por el que deben defender la vida desde el momento de su concepción hasta su extinción natural, los límites de la actuación ético-médica se desdibujan. Esta es la conclusión a la que han llegado los representantes de la asociación holandesa "Grito por la vida", el mayor grupo de presión de este país contra la eutanasia y el aborto.



    EL ESPEJISMO DE LA EUTANASIA

    Los veinte años de autodeterminación para la eutanasia en Holanda y el peligro de los abusos que en nombre de una "buena, feliz e indolora muerte" se hacen con enfermos terminales es el espejo en el que parece que han de reflejarse el resto de países que, como España, no se han definido legalmente y de forma concluyente sobre este tema. Sólo los Países Bajos y Uruguay han traspasado esa frontera con leyes permisivas al respecto. La legalización de estas prácticas no afecta únicamente a una ética confesional particular, sino también al Estado, por su responsabilidad sobre la protección de la vida y el respeto a los derechos humanos.

    Cuando se establece un principio de selección sin límite, los resultados en la misma sociedad pueden llegar a ser desastrosos, por muy humanitarias que parezcan a primera vista las causas que se aducen para llevar a cabo estas "muertes médicamente asistidas", eufemismo utilizado para encubrir la ayuda al suicidio.

    Impresionante es la existencia en Holanda de un "pasaporte a la muerte" que autoriza la práctica de la eutanasia sobre el titular, pero más increíble resulta que muchos holandeses se vean obligados a llevar otro "pasaporte a la vida", que ya se conoce como "tarjeta no me matéis", por el miedo de caer enfermos y no tener la mente clara para poder decidir.



    ELIMINAR EL SUFRIMIENTO DEL HOMBRE Y NO AL HOMBRE QUE SUFRE



    Los múltiples casos documentados de muertes involuntarias ponen de manifiesto que no todo está bajo control, y que muchos enfermos a los que se les adelantó su final biológico nunca firmaron una autorización expresa para ello. La eutanasia infantil es el ejemplo más claro de la indefensión a la que se enfrentan niños nacidos con disminuciones físicas. Nunca el derecho a morir, por muy controvertido que sea, puede convertirse en el deber de morir. Los que apoyan la eutanasia afirman que esta medida se basa en la autodeterminación y la elección particular del paciente; sin embargo con lo que no cuentan es que el 1% de muertes producidas en este país en 1990 fueron provocadas por drogas mortales administradas sin su consentimiento. Esta estadística holandesa está recogida en el informe Remmelink, auspiciado por el Gobierno.

    Una alternativa importante a esta dolorosa situación por la que pasa tanto el enfermo como su familia es recurrir a los cuidados paliativos, que aseguran una muerte digna, y tener clara la postura de oposición al encarnizamiento terapéutico. No se prohíbe utilizar medicamentos para calmar los dolores, aunque eso suponga un

    acortamiento de la vida del paciente, ni existe ninguna obligación de prolongar a través de medios técnicos situaciones que conducen irremediablemente a la muerte. Los motivos de esperanza son muchos, y no se puede negar la evidencia: es siempre mejor intentar eliminar el sufrimiento humano que eliminar al ser humano que sufre.



    En Colombia esta prohibida, como en la mayor parte del mundo, la denominada eutanasia activa o que una persona concurra al medico para que le aplique una inyección letal.

    La eutanasia pasiva en la que la persona puede suspender un tratamiento o no recibirlo, no estaba reglamentada. Sin embargo existe un articulo que penaliza con hasta tres años de prisión a quien realizare un homicidio por piedad para poner fin a los sufrimientos. Este articulo seguirá en el Código, pero se le adjuntara otro que dice que no hay responsabilidad si el deceso se produjera en caso de enfermedad terminal o por autorización de la persona.



    CONCLUSIONES FINALES



    Es verdad que, cuando se habla de eutanasia, suavizamos el termino con un lenguaje afectivo para purificarlo de toda su carga negativa. No se quiere matar por capricho, por egoísmo o por simple utilidad, sino que se justifica como un gesto de cariño y compasión humanitaria, para eludir un desenlace trágico y doloroso. La buena intención pretende quitar el carácter de violencia e injusticia que todo atentado contra la vida encierra, como si tales sentimientos pudieran modificar el significado profundo de la acción.



    Podríamos decir que si la ultima alternativa para escapar de una muerte terrible, insoportable y angustiosa fuera el empleo de la eutanasia, la condena de esta ultima se haría harto difícil. Resultaría monstruoso dejar morir a una persona en medio de dolores intolerables sabiendo que no existe ninguna posibilidad de salvación. Un espectáculo que se haría igual de irresistible para cualquiera que lo presenciara.



    Para facilitar una muerte serena y dulce, a la que todos tienen derecho, no es preciso llegar a tanto. Con los principios dados anteriormente se consigue obtener esa misma finalidad, pero dentro de un espacio ético y sin invadir la frontera que delimita un derecho intangible: el respeto a la vida.



    La fuerza de este presupuesto esta avalada por una conciencia casi universal. Hasta los mismos defensores de la eutanasia y los diferente proyectos presentados en algunos piases para su legalización civil, en algunos casos concretos no se refiere nunca a la eutanasia impuesta o involuntaria, sino que exige siempre la previa conformidad del sujeto debidamente constatada. La equivocidad del termino provoca en muchos lamentables confusiones. Pedir su tolerancia legal no significa permitir la muerte involuntaria del enfermo. Unas veces se trata de reconocer, con una legislación adecuada, el derecho del paciente a una muerte digna y sin encarnizamientos terapéuticos. En otras se pretende una defensa del medico contra posibles denuncias de familiares por interrumpir un tratamiento sin sentido o no prolongar absurdamente la vida. En algún caso se pide también que, aunque la eutanasia sea intolerable, no se la considere tampoco como un delito criminal; entonces... ¿Sería lícita la eutanasia voluntaria?



    Aún existen muchos aspectos indeterminados en torno a la eutanasia, cabe mencionar algunos como la dignidad humana y la autonomía, el no tomar al ser humano desde un punto de vista eminentemente biológico, la calidad de la vida y la libertad de elección. Sin dejar de tener en cuenta la ambigüedad a la que se puede llegar con su eventual legalización.



    Sin embargo, la discusión sigue abierta...



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