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Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Buenos Aires, 06 de Diciembre de 2006.-
CIRCULAR GP N° 69/06
NO PRESENTACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO DE CONTRIBUYENTES DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS
EMITIDO POR
Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas, que a los efectos de la
tramitación y otorgamiento de un Beneficio Previsional, no resulta necesaria la
presentación del Padrón Único de Contribuyentes (P.U.C.) con los datos
relativos a la actividad Autónoma emitido por
D.E
Asimismo,
tampoco deberá cotejarse la información proporcionada por el AUT1 con los datos
de Historia Laboral incorporados en el SICAM por el afiliado, en tanto éstos
resulten suficientes para tramitar y otorgar el derecho al beneficio
pretendido, todo ello en concordancia con lo dispuesto por
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ANEXO V de
Temas a incorporar en la norma complementaria a
1. CESE: Modo de acreditarlo:
a) Actividades no regladas: Será considerado con "cese de las tareas
autónomas" aquel mes en el cual el afiliado realizó el último aporte al
régimen para trabajadores autónomos instituido por
b) Actividades regladas: el afiliado pueda invocar la renuncia estipulada por
2. CIRCULAR GP N° 51/05; SU APLICACIÓN: En la nota N° 5 al pie de la página 5/5
de
3. PAGOS REGISTRADOS EN EL SICAM, SU VALIDEZ: Los pagos registrados en el SICAM
pertenecientes a aportes o cuotas de moratoria, incluyendo la que
instrumentaron las Leyes 25.865 y 25.994 (art. 6°), resultan válidos a
todos los efectos previsionales, no resultando necesario la agregación de los
comprobantes respectivos para su acreditación.
4. APLICACIÓN DE "BENEFICIOS" A LOS PERÍODOS O RECONOCIMIENTO DE
SERVICIOS "CERRADOS" (CASO VOLOVESKI): La invocación de los
"beneficios" para los períodos o reconocimiento de servicios llamados
"cerrados" Resultarán aplicables para determinar su procedencia las
pautas descriptas en
5. MODO DE CONTROLAR EL PAGO DE LAS CUOTAS DE MORATORIA A
Las cuotas de moratoria Leyes 25.865 y 25.994 (art. 6) vencidas a la fecha de
solicitud de la prestación (PBU-PC-PAP/JO o PEA) deben estar canceladas. El
iniciador deberá acceder al SICAM y visualizar los pagos realizados; si falta
alguno de ellos deberá pedir al titular los comprobantes de pago de esas cuotas
que aún no se encuentren registradas en la base de pagos del SICAM
6. PAGOS DE MORATORIA REALIZADOS LUEGO DEL VENCIMIENTO:
El pago de moratoria Leyes 25.865 y 25.994 (art. 6) que fue realizado luego del
vencimiento respectivo, resulta hábil para considerarlo como "cuota
cancelada" a los fines previsionales.
La constatación del pago de intereses no es materia de ANSES. En todo caso,
cuando AFIP verifique las cuotas de los planes de moratoria y advierta que
alguna de ellas estuviera pagada fuera de término, adoptará las medidas que
hubiere lugar para exigir al contribuyente el pago de los intereses
resarcitorios u moratorios que correspondan. Esta verificación se hará " a
posteriori " del acuerdo del beneficio y a través de un proceso masivo que
adopte
7. CADUCIDAD DE
El
8. CIRCULAR GP N° 53/05:
Se encuentra vigente el procedimiento aprobado por la misma.
9. RECONOCIMIENTOS DE SERVICIOS:
9. a) Si nunca estuvo afiliado al Régimen de Trabajadores Autónomos, puede
solicitar un reconocimiento de servicios cancelando la deuda exigible por el
período solicitado como único requisito (reconocimiento cerrado - Caso
Volovesky)
9. b) De solicitar el titular o su representante Reconocimiento de Servicios
para el logro de prestaciones de Pensión y /o Jubilaciones por invalidez, debe
requerirse la afiliación formal a los regímenes de las Leyes 14.397,18.038 y /o
Decreto 7825/63 (Resolución INPS 232/91).
9. c) Para hacer valer un Reconocimiento de servicios en otros regímenes
provinciales o municipales que exijan requisitos de edad o servicios inferiores
al régimen nacional (Resolución 1981/89 CNTA, Anexo VI y VII), ANSES debe
solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad (Ver 9.c.1 Actividades
Regladas y ver 9.c.2 Actividades no Regladas)
9. c.1) Actividades Regladas. Pruebas solo para hacer valer un Reconocimiento
de servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan
requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional:
Comerciante:
Permiso habilitante y/o patentes y/o cualquier clase de habilitación nacional,
provincial y/o municipal, dejando constancia, de fecha alta y baja. De ser baja
definitiva, aclarará día, mes y año.
Declaración jurada, rédito y lucrativas, con sus correspondientes talones
sellados de recepción.
Integrantes de Sociedades Legalmente Constituidos:
Contrato de constitución social, cesión de cuotas o transformación, inscripto
en el registro público de comercio si fuera una sociedad en comandita, en el
testimonio se dejará constancia de que dicha sociedad se hace cargo del activo
o pasivo del anterior o del fondo de comercio.
Integrantes de Directorio de una S.A.:
Acta autenticada por escribano donde se designa cargo de director de S.A..
Integrantes de una Sociedad Civil:
Escritura de la constitución de la sociedad por protocolización en el registro
de escribano actuante.
Agrícola - Ganadero:
Testimonio o escritura de compra de campo o constancia de arrendamiento del
predio a explotar mediante contrato y boleto de marcas y señales.
Casos Especiales
Constructores:
Matrícula de Constructor y constancia expedida por Municipalidad de la obra en
construcción.
Propietario de Máquina Cosechadora:
Testimonio de compra de la máquina.
Profesionales:
Matrícula. De trabajar en relación de dependencia, presentará certificado que
acredite horario Full-Time.
Martillero Público:
A partir de año 1968, se debe solicitar matrícula.
9.c.2) Actividades No Regladas. Pruebas solo para hacer valer un Reconocimiento
de servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan
requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional:
1. Constancia de pago por patentes para el desarrollo de su actividad
(nacionales, provinciales o municipales)
2. Si realizó trabajos en sociedad: contrato con la constancia de inscripción
en el Registro Público de Comercio. Si la sociedad fue de hecho: contrato
registrado ante escribano público o testimonio o fotocopia del mismo
3. Copia de DDJJ para el pago del impuesto a las ganancias y/o actividades
lucrativas o ventas con constancias fehacientes de los pagos realizados o en su
defecto certificaciones emitidas por autoridad competente.
4. Si lleva registraciones contables en libros rubricados, indicar fecha de la
primera y última operación con mención del libro y folio donde se encuentran
registradas.
5. Libreta sanitaria o fotocopia de la misma.
6. Registro habilitante para conducir el vehículo utilizado en su actividad.
7. Matrícula o título habilitante para ejercer su actividad o fotocopia de la
misma (ejemplo: martillero, enfermera, etc.)
8. Inscripción en el Registro Nacional de Productores Agropecuarios.
9. Contrato o fotocopia de arrendamiento de la tierra.
10. Constancia de prendas constituidas sobre maquinarias, vehículos, útiles de
trabajo, etc., adquiridos con destino a su actividad.
11. Constancia de haber presentado a rendir examen a alumnos en escuelas o
academias.
12. Constancia de trámites en consulados y/o embajadas en los que constare la
profesión o actividad declarada.
13. Título obtenido para ejercer su actividad o fotocopia del mismo (Ej.:
maestro, profesora de piano, etc.)
14. Constancia de afiliación a entidades gremiales o profesionales con
indicación del período y de las fuentes documentales donde están asentadas.
15. Constancia del registro de la actividad en guía "Kraft" o
Telefónica.
16. Constancia del pago de impuestos o tasa relacionada con su actividad.
17. Constancias de inscripción en censos nacionales, provinciales o
municipales.
18. constancia de la actividad denunciada al solicitar fuerza motriz
19. Constancia de la actividad denunciada al empadronarse.
20. Constancia de la actividad denunciada al solicitar cédula de identidad.
21. Constancia de la actividad declarada al abrir cuentas corrientes en
entidades bancarias, caja de ahorro, seguros o capitalizaciones.
22. Constancia de la actividad declarada al intervenir en acciones judiciales,
policiales, firmas de escrituras, poderes, etc.
1. Constancia de actividad declarada al contraer matrimonio.
2. Constancia de actividad declarada al inscribir a sus hijos en
establecimientos educacionales.
3. Constancia de actividad declarada en centros hospitalarios o sociedades.
4. Constancia de actividad declarada al gestionar créditos.
5. Constancia de actividad declara al salir o entrar del país.
6. Constancia de la actividad declarada al haber sido testigo en algún
expediente tramitado ante reparticiones oficiales (Cajas de Jubilaciones, etc.)
7. Constancias de clientes con firma certificada por autoridad competente en
las que se especifiquen tareas realizadas, importes y formas de pago, periodos
en que las realizó, etc., estas operaciones deberán estar registradas en libros
rubricados con indicación de libro, folio, etc., y acreditar habitualidad.
8. Constancia de proveedores con firmas certificadas por autoridad competente
en las que se especifique tipo de mercadería que adquirió, para el desarrollo
de que actividad, cantidad, forma de pago, periodos en que las realizó, etc..
Dichas operaciones deberán estar registradas en libros rubricados con indicación
del libro, folio, etc. y acreditar habitualidad.
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